La Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria ha convocado las ayudas 2026 para el establecimiento de personas jóvenes agricultoras y nuevos agricultores en la Comunitat Valenciana, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027 (PEPAC). Enlace a las bases
El objetivo de esta línea es facilitar la primera instalación como titular de una explotación agraria, favorecer el relevo generacional en el campo y contribuir a frenar la despoblación de las zonas rurales. La convocatoria incluye dos líneas diferenciadas: una para jóvenes agricultores y otra para nuevos agricultores.
Beneficiarios
Pueden acceder a estas ayudas las personas que cumplan la definición de:
- Persona joven agricultora.
- Nuevo agricultor o nueva agricultora.
En ambos casos, deben establecerse por primera vez como titulares de una explotación agraria y presentar un plan empresarial que, una vez ejecutado, permita que la persona beneficiaria cumpla los requisitos para ser considerada agricultora profesional.
Además, la explotación deberá alcanzar una dimensión mínima de 1 Unidad de Trabajo Agrario (UTA) y poder ser calificada como explotación prioritaria.
Requisitos principales
El proceso de instalación debe corresponder a la primera incorporación de la persona solicitante como titular de una explotación agraria.
Este proceso puede:
- Iniciarse en el momento de presentar la solicitud.
- Haberse iniciado, como máximo, durante los 24 meses anteriores a la presentación de la solicitud.
No obstante, el proceso de instalación no puede haber finalizado antes de presentar la solicitud.
El plan empresarial deberá prever actuaciones que se lleven a cabo después de la concesión de la ayuda y que representen al menos un 15 % de la base productiva de la explotación, expresada en UTA. Estas actuaciones pueden incluir, entre otras:
- Compra o arrendamiento de parcelas agrícolas.
- Incorporación de animales en explotaciones ganaderas.
- Modificación de la orientación productiva de superficies agrarias.
La persona beneficiaria deberá acreditar su instalación en un plazo máximo de 6 meses desde la concesión, mientras que el plan empresarial deberá finalizar, como máximo, en los 36 meses siguientes a la concesión.
Cuantía de la ayuda
Para las personas jóvenes agricultoras, la prima básica es de 30.000 €.
Esta ayuda se puede incrementar en tramos de 10.000 € hasta alcanzar un máximo de 80.000 €, en función de las características de la explotación y del plan empresarial.
Entre las circunstancias que pueden dar derecho a estos incrementos se encuentran:
- Instalarse en una entidad asociativa titular de una explotación prioritaria.
- Prever una explotación que utilice más de 2 UTA.
- Instalarse en una explotación mixta agrícola y ganadera.
- Que más del 50 % de las UTA de la explotación estén situadas en zonas con limitaciones naturales o en la Red Natura 2000.
- Disponer de instalaciones para el acondicionamiento o transformación de al menos el 25 % de la producción.
- Recuperar tierras en estado de abandono equivalentes, como mínimo, a 0,5 UTA.
- Desarrollar actuaciones de mejora de la competitividad, I+D+i o transferencia de conocimiento.
Cuantía de la ayuda para nuevos agricultores
En el caso de los nuevos agricultores, la prima básica es de 20.000 €.
El importe se puede incrementar, también en tramos de 10.000 €, hasta un máximo de 70.000 €, cuando el plan empresarial cumpla determinadas condiciones.
Entre estas condiciones se encuentran:
- Utilizar más de 2 UTA después de la ejecución del plan empresarial.
- Establecerse en una explotación mixta agrícola y ganadera.
- Tener más del 50 % de las UTA en zonas con limitaciones naturales, específicas o Red Natura 2000.
- Disponer de instalaciones de acondicionamiento o transformación de la producción.
- Recuperar tierras abandonadas.
- Desarrollar actuaciones vinculadas a la competitividad, la innovación o la transferencia de conocimiento.
Pago de la ayuda
Tanto para los jóvenes agricultores como para los nuevos agricultores, la ayuda se paga en dos tramos:
- 70 % del importe total, cuando se acredita correctamente el establecimiento en la actividad agraria.
- 30 % restante, una vez finalizada la ejecución del plan empresarial.
Plazo de presentación
El plazo para presentar las solicitudes es de dos meses a partir del 5 de octubre de 2026.
La tramitación debe realizarse telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.
¿Quieres tramitar esta ayuda?
Desde la Oficina Técnica de Subvenciones te ayudamos a analizar si cumples los requisitos de esta convocatoria y te acompañamos durante todo el proceso, desde la preparación del plan empresarial y la documentación hasta la presentación de la solicitud y el seguimiento posterior del expediente.
Si estás pensando en incorporarte al sector agrario o establecerte por primera vez como titular de una explotación en la Comunitat Valenciana, ponte en contacto con nosotros y estudiaremos tu caso para valorar las posibilidades de acceder a estas ayudas.