La Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria ha convocado las ayudas 2026 para el establecimiento de personas jóvenes agricultoras y nuevos agricultores en la Comunitat Valenciana, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027 (PEPAC). Enlace a las bases

El objetivo de esta línea es facilitar la primera instalación como titular de una explotación agraria, favorecer el relevo generacional en el campo y contribuir a frenar la despoblación de las zonas rurales. La convocatoria incluye dos líneas diferenciadas: una para jóvenes agricultores y otra para nuevos agricultores.

Beneficiarios

Pueden acceder a estas ayudas las personas que cumplan la definición de:

  • Persona joven agricultora.
  • Nuevo agricultor o nueva agricultora.

En ambos casos, deben establecerse por primera vez como titulares de una explotación agraria y presentar un plan empresarial que, una vez ejecutado, permita que la persona beneficiaria cumpla los requisitos para ser considerada agricultora profesional.

Además, la explotación deberá alcanzar una dimensión mínima de 1 Unidad de Trabajo Agrario (UTA) y poder ser calificada como explotación prioritaria.

Requisitos principales

El proceso de instalación debe corresponder a la primera incorporación de la persona solicitante como titular de una explotación agraria.

Este proceso puede:

  • Iniciarse en el momento de presentar la solicitud.
  • Haberse iniciado, como máximo, durante los 24 meses anteriores a la presentación de la solicitud.

No obstante, el proceso de instalación no puede haber finalizado antes de presentar la solicitud.

El plan empresarial deberá prever actuaciones que se lleven a cabo después de la concesión de la ayuda y que representen al menos un 15 % de la base productiva de la explotación, expresada en UTA. Estas actuaciones pueden incluir, entre otras:

  • Compra o arrendamiento de parcelas agrícolas.
  • Incorporación de animales en explotaciones ganaderas.
  • Modificación de la orientación productiva de superficies agrarias.

La persona beneficiaria deberá acreditar su instalación en un plazo máximo de 6 meses desde la concesión, mientras que el plan empresarial deberá finalizar, como máximo, en los 36 meses siguientes a la concesión.

Cuantía de la ayuda

Para las personas jóvenes agricultoras, la prima básica es de 30.000 €.

Esta ayuda se puede incrementar en tramos de 10.000 € hasta alcanzar un máximo de 80.000 €, en función de las características de la explotación y del plan empresarial.

Entre las circunstancias que pueden dar derecho a estos incrementos se encuentran:

  • Instalarse en una entidad asociativa titular de una explotación prioritaria.
  • Prever una explotación que utilice más de 2 UTA.
  • Instalarse en una explotación mixta agrícola y ganadera.
  • Que más del 50 % de las UTA de la explotación estén situadas en zonas con limitaciones naturales o en la Red Natura 2000.
  • Disponer de instalaciones para el acondicionamiento o transformación de al menos el 25 % de la producción.
  • Recuperar tierras en estado de abandono equivalentes, como mínimo, a 0,5 UTA.
  • Desarrollar actuaciones de mejora de la competitividad, I+D+i o transferencia de conocimiento.

Cuantía de la ayuda para nuevos agricultores

En el caso de los nuevos agricultores, la prima básica es de 20.000 €.

El importe se puede incrementar, también en tramos de 10.000 €, hasta un máximo de 70.000 €, cuando el plan empresarial cumpla determinadas condiciones.

Entre estas condiciones se encuentran:

  • Utilizar más de 2 UTA después de la ejecución del plan empresarial.
  • Establecerse en una explotación mixta agrícola y ganadera.
  • Tener más del 50 % de las UTA en zonas con limitaciones naturales, específicas o Red Natura 2000.
  • Disponer de instalaciones de acondicionamiento o transformación de la producción.
  • Recuperar tierras abandonadas.
  • Desarrollar actuaciones vinculadas a la competitividad, la innovación o la transferencia de conocimiento.

Pago de la ayuda

Tanto para los jóvenes agricultores como para los nuevos agricultores, la ayuda se paga en dos tramos:

  • 70 % del importe total, cuando se acredita correctamente el establecimiento en la actividad agraria.
  • 30 % restante, una vez finalizada la ejecución del plan empresarial.

Plazo de presentación

El plazo para presentar las solicitudes es de dos meses a partir del 5 de octubre de 2026.

La tramitación debe realizarse telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.

¿Quieres tramitar esta ayuda?

Desde la Oficina Técnica de Subvenciones te ayudamos a analizar si cumples los requisitos de esta convocatoria y te acompañamos durante todo el proceso, desde la preparación del plan empresarial y la documentación hasta la presentación de la solicitud y el seguimiento posterior del expediente.

Si estás pensando en incorporarte al sector agrario o establecerte por primera vez como titular de una explotación en la Comunitat Valenciana, ponte en contacto con nosotros y estudiaremos tu caso para valorar las posibilidades de acceder a estas ayudas.