La Generalitat Valenciana ha convocado las ayudas 2026 para impulsar la internacionalización de las empresas exportadoras de la Comunitat Valenciana, con el objetivo de reforzar la presencia de las empresas valencianas en mercados exteriores y facilitar el desarrollo de acciones de promoción, comercialización y expansión internacional. Enlace a las bases 

Beneficiarios

Pueden beneficiarse de estas ayudas las pymes y las agrupaciones de interés económico con personalidad jurídica propia que tengan su domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana y desarrollen actuaciones relacionadas con la internacionalización de su actividad.

Acciones y gastos subvencionables

  • Participación en ferias internacionales, tanto en España como en el extranjero.
  • Desplazamientos y alojamiento vinculados a determinadas ferias, misiones comerciales y acciones de internacionalización.
  • Acciones de marketing internacional, publicidad exterior, posicionamiento digital y promoción en mercados extranjeros.
  • Diseño, traducción, elaboración e impresión de material promocional destinado a mercados internacionales.
  • Gastos relacionados con el registro de marcas y propiedad industrial fuera de España.
  • Certificaciones, homologaciones y registros necesarios para comercializar productos o servicios en otros países.
  • Contratación de personal cualificado especializado en internacionalización.
  • Servicios de consultoría estratégica para definir o mejorar el plan de internacionalización, desarrollar canales de venta online o abordar nuevos mercados.
  • Determinadas actuaciones vinculadas a la implantación y consolidación en mercados internacionales.
  • Otras acciones destinadas directamente a captar nuevos clientes o consolidar la presencia de la empresa en mercados exteriores.

Cuantía

La subvención puede cubrir hasta el 50 % de los gastos subvencionables. El presupuesto elegible máximo es de 100.000 € por empresa, por lo que la ayuda puede alcanzar, con carácter general, hasta 50.000 €.

Periodo subvencionable: Con carácter general, son subvencionables las actuaciones realizadas entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de mayo de 2026.

Plazo de solicitud

El plazo para presentar las solicitudes es del 11 de mayo al 15 de junio de 2026, ambos incluidos

Desde la Oficina Técnica de Subvenciones, te acompañamos durante todo el proceso

Desde la Oficina Técnica de Subvenciones te asesoramos durante todo el proceso, desde el análisis de los requisitos y los gastos subvencionables hasta la preparación y presentación de la solicitud.

Si quieres saber si tu empresa puede beneficiarse de esta ayuda, contacta con nosotros y estudiaremos tu caso de forma personalizada.