Dar el paso de contratar al primer trabajador es una de las decisiones más importantes para cualquier profesional autónomo. Para facilitar este crecimiento, el Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya ha abierto una nueva convocatoria del Programa TU+1 2026, una línea de ayudas destinada a fomentar la contratación indefinida de personas en situación de desempleo.

La subvención puede alcanzar hasta 22.320 € por cada contratación y permite financiar hasta dos contrataciones indefinidas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios:

  • Personas trabajadoras autónomas dadas de alta en el RETA o en una mutualidad alternativa.
  • Sociedades Limitadas Unipersonales (SLU).

En ambos casos es necesario:

  • No tener ninguna persona trabajadora asalariada en el momento de presentar la solicitud.
  • No haber tenido personal contratado durante los seis meses anteriores.
  • Acreditar, como mínimo, un año de actividad como autónomo o un año de inscripción en el Registro Mercantil en el caso de las SLU.
  • Tener el domicilio fiscal y desarrollar la actividad en Cataluña.

No pueden acceder a esta ayuda:

  • Personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes (TRADE).
  • Personas trabajadoras autónomas colaboradoras.
  • Sociedades Civiles Privadas (SCP).
  • Personas que hayan sido beneficiarias de este mismo programa en convocatorias anteriores.
  • Personas autónomas que hayan tenido personal asalariado durante los seis meses previos a la solicitud.

¿Qué contrataciones son subvencionables?

La subvención financia la contratación indefinida de personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar en situación de desempleo.
  • Estar inscritas en el Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC) como demandantes de empleo no ocupadas (DONO) antes de la formalización del contrato.

Es importante tener en cuenta que:

  • La solicitud debe presentarse antes de firmar el contrato.
  • El contrato deberá formalizarse dentro de los 3 meses siguientes a la resolución favorable.
  • La persona contratada no puede tener parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona beneficiaria.
  • El contrato deberá mantenerse durante un mínimo de 18 meses.

¿Se pueden subvencionar dos contrataciones?

Sí. Cada persona beneficiaria puede obtener la subvención para hasta dos contrataciones indefinidas.

¿Qué jornada puede tener el contrato?

El contrato puede ser:

  • Jornada completa (100%).
  • Jornada parcial del 75%.
  • Jornada parcial del 50% (mínimo exigido).

La jornada no puede ser inferior al 50% de la jornada establecida en el convenio colectivo aplicable o de la jornada máxima legal.

Cuantía

El importe máximo es de 22.320 € por cada contratación indefinida a jornada completa.

Si la contratación es a tiempo parcial, la ayuda se reduce proporcionalmente:

Jornada Importe máximo
100% 22.320 €
75% 16.740 €
50% 11.160 €

El porcentaje de jornada deberá indicarse expresamente en la solicitud.

La subvención se abona en dos fases:

  • 80% del importe concedido, de forma anticipada, una vez publicada la resolución definitiva.
  • 20% restante, después de justificar correctamente la subvención y acreditar el cumplimiento de todas las obligaciones.

Plazo

Las solicitudes pueden presentarse:

Del 10 de julio de 2026 a las 9:00 h hasta el 29 de julio de 2026 a las 14:00 h.

Dado que el plazo es muy reducido, es recomendable preparar toda la documentación con antelación para evitar incidencias durante la tramitación.

Te ayudamos a tramitar el programa TU+1

Si estás pensando en incorporar a tu primer trabajador o ampliar tu equipo, esta convocatoria puede representar una gran oportunidad.

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