La Generalitat de Catalunya, a través del Departamento de Empresa y Trabajo, ha abierto la convocatoria para la concesión de subvenciones para favorecer el autoempleo de jóvenes en el marco del Programa FSE+ (2025). Esta línea de ayudas tiene como finalidad fomentar el emprendimiento juvenil mediante el apoyo a las personas jóvenes que inician una actividad económica o profesional como trabajadoras autónomas, y garantizar la consolidación de la actividad durante un período mínimo de 18 meses. El objetivo es impulsar el empleo juvenil de calidad, favoreciendo el autoempleo y la creación de negocios sostenibles, con cofinanciación del Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar previamente inscritas en el programa de Garantía Juvenil en situación de “inscrito beneficiario”.
  • Haber iniciado la actividad económica o profesional entre el 12 de julio de 2024 y el 25 de septiembre de 2025.
  • Estar dadas de alta en el RETA, en el régimen del mar, de la minería del carbón o en una mutualidad profesional equivalente.
  • No haber sido beneficiarias de ayudas similares en convocatorias anteriores (2017–2024).
  • En caso de tener el domicilio fiscal en un micropueblo de Cataluña (municipios de menos de 500 habitantes), podrán optar a una línea específica con prioridad de otorgamiento.

Acciones subvencionables:

La actividad subvencionada consiste en iniciar y mantener una actividad económica como persona trabajadora autónoma durante un mínimo de 18 meses ininterrumpidos.

Además, la persona beneficiaria deberá realizar con aprovechamiento una acción formativa relacionada con la gestión del negocio o con la actividad profesional desarrollada, con una duración mínima de 6 horas.

Cuantía e intensidad:

La subvención funciona por módulo económico fijo, en función de la duración de la actividad:

  • 12 meses: 11.105,92 €
  • 13 meses: 12.432,00 €
  • 14 meses: 13.260,80 €
  • 15 meses: 14.089,60 €
  • 16 meses: 14.918,40 €
  • 17 meses: 15.747,20 €
  • 18 meses: 16.576,00 €

El importe máximo es de 16.576 €. En caso de insuficiencia presupuestaria, se aplicará un prorrateo de hasta el 10%.

Las subvenciones se financian con cofinanciación del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) en un 40%.

Plazos :

  • Presentación de solicitudes: del 8 de septiembre de 2025 a las 9:00 h hasta el 25 de septiembre de 2025 a las 14:00 h.
  • Resolución: máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria (silencio administrativo desestimatorio).
  • Justificación: a partir de 18 meses y un día desde el inicio de la actividad, con un plazo adicional de 1 mes para presentar toda la documentación requerida.

Ejemplo de actuación subvencionable:

Perfil de la persona beneficiaria:
  • Julia, 27 años, previamente inscrita en la Garantía Juvenil.
  • El 15 de septiembre de 2024 se da de alta como trabajadora autónoma en el RETA.
  • Decide abrir una consultoría de marketing digital especializada en comercios locales en su municipio (que es un micropueblo con menos de 500 habitantes, lo que le permite optar a la línea específica de micropueblos con prioridad).
Actividad económica subvencionada:
  • Su actividad consiste en ofrecer servicios de diseño web, gestión de redes sociales y campañas digitales para pequeños comercios.
  • Se compromete a mantener esta actividad como autónoma durante un mínimo de 18 meses ininterrumpidos, sin causar baja anticipada.
Acción formativa obligatoria:
  • Para cumplir con la convocatoria, Julia se matricula en un curso de Gestión financiera básica para autónomos (12 horas), acreditado por una entidad homologada.
  • Recibe un certificado de aprovechamiento con datos identificativos, horas realizadas y código de verificación QR, que presentará en la justificación.
Duración y justificación:
  • Mantiene la actividad abierta y facturando hasta, como mínimo, el 15 de marzo de 2026.
  • Al presentar la justificación, aporta:
      • Modelo 303 de IVA de los trimestres correspondientes.
      • Memoria explicativa del negocio y evolución de los clientes.
      • Certificado de la formación realizada.
      • Facturas y justificantes de ingresos que acreditan que ha alcanzado al menos un 15% de ingresos respecto al importe concedido.
Cuantía recibida:
  • Al mantener la actividad 18 meses, recibe la cuantía máxima de 16.576 €.
  • Se le abona el 80% en concepto de anticipo en el momento de la concesión y el 20% restante tras la justificación correcta.

 

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Joan Martín Masdeu
Assessor Jurídic - Consultor en Subvencions
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