La Generalitat de Catalunya ha convocado las ayudas de minimis destinadas a la promoción y comercialización de la venta de proximidad, con el objetivo de reforzar la comercialización de los productos agrarios y agroalimentarios de proximidad y facilitar su identificación en los puntos de venta. Enlace a las bases
Esta línea pretende favorecer una comercialización más sostenible, arraigada al territorio, justa y saludable, al mismo tiempo que impulsa la concentración de la oferta y la generación de mayor valor añadido para los productores.
Beneficiarios
Pueden solicitar estas ayudas:
- Asociaciones, fundaciones y federaciones en las que la comercialización de los productos se realice de forma conjunta o individual por parte de sus miembros.
- Cooperativas con agrobotiga que comercialicen productos agrarios y agroalimentarios de proximidad.
En ambos casos, los productos comercializados deben incorporar el logotipo identificativo de Venta de Proximidad (VdP), de acuerdo con la normativa vigente.
Actuaciones subvencionables
La ayuda está destinada a actuaciones relacionadas con la promoción y comercialización de productos de venta de proximidad en Cataluña, tanto en venta directa al consumidor como mediante circuitos cortos, es decir, a través de establecimientos minoristas o de restauración.
Entre las actuaciones que pueden formar parte del proyecto se incluyen las acciones de promoción de la venta de proximidad, la dinamización comercial, la contratación de una persona dinamizadora u otras actuaciones orientadas a facilitar la comercialización y la agrupación de la oferta.
Gastos subvencionables
De acuerdo con las bases reguladoras, se pueden incluir gastos directamente vinculados al proyecto de promoción y comercialización, como actuaciones de comunicación, comercialización, herramientas digitales, dinamización u otros costes necesarios para desarrollar las actuaciones subvencionadas.
Las actividades subvencionables deben haberse ejecutado entre el 2 de septiembre de 2025 y el 1 de septiembre de 2026.
Cuantía
La subvención puede cubrir hasta el 70 % del presupuesto de la actividad subvencionada, con un importe máximo de 40.000 € por entidad beneficiaria.
Además, al tratarse de una ayuda de minimis, el total de ayudas de minimis percibidas por una misma empresa no puede superar los 300.000 € en un periodo de tres años.
La convocatoria 2026 cuenta con una dotación máxima inicial de 1.300.000 €, ampliable en función de la disponibilidad presupuestaria.
Plazo de solicitud
El plazo para presentar las solicitudes estuvo abierto del 13 de diciembre de 2025 al 12 de enero de 2026, ambos incluidos.
Te ayudamos con la solicitud
Desde la Oficina Técnica de Subvenciones analizamos el encaje de tu proyecto, revisamos las actuaciones y gastos subvencionables, preparamos la documentación y gestionamos la tramitación.
¿Formas parte de una cooperativa, asociación, federación o fundación vinculada a la venta de proximidad? Contacta con nosotros y estudiaremos las opciones de financiación disponibles.