Ayudas de minimis para la promoción y comercialización de la venta de proximidad de productos agroalimentarios y agrarios en Cataluña.
Publicadas las bases y pendiente de convocatoria.
- Beneficiarios
Tipo de beneficiarios:
Asociaciones, federaciones y fundaciones con actividades vinculadas a la venta de proximidad.
Cooperativas con agrotienda que comercialicen productos agroalimentarios.
2. Requisitos adicionales:
Identificar los productos con el logo de venta de proximidad (Decreto 24/2013).
En el caso de asociaciones, al menos un 25% de los miembros deben estar adheridos al sistema de venta de proximidad.
- Acciones subvencionables
Promoción:
Creación de materiales promocionales.
Participación en ferias y certámenes.
Creación y mantenimiento de sitios web y presencia en Internet.
Publicidad en medios y redes sociales.
Comercialización:
Establecimiento de canales estables de comercialización (acuerdos con consumidores o restauración colectiva).
Comercio electrónico: tiendas online, digitalización de clientes y facturación.
Infraestructuras: alquiler de vehículos, locales para almacenamiento, cámaras frigoríficas.
Otros:
Formación de productores en herramientas digitales.
Contratación de dinamizadores para fomentar la venta de proximidad.
- Gastos subvencionables
Relativas a las acciones de promoción y comercialización definidas anteriormente.
Contratación de dinamizadores (porcentaje máximo del presupuesto: 50%, con un límite de 15.000€).
Gastos directamente asociados al proyecto, demostrando el uso del logo de venta de proximidad.
5 Gastos no subvencionables:
Adquisición de software.
Infraestructuras fijas no temporales.
Contrataciones con entidades o personas vinculadas al beneficiario, sin autorización expresa.
- Intensidad y cuantía de las ayudas
Porcentaje: Hasta el 70% de los gastos justificados.
Límite máximo: 40.000€ por beneficiario y convocatoria.
Condiciones especiales: Las ayudas pueden incrementarse hasta un 30% adicional si se registran nuevos miembros adheridos durante el período subvencionable.
- Observaciones especiales
Los beneficiarios deben cumplir criterios de sostenibilidad, economía circular y cohesión territorial.
Para gastos superiores a 30.000 €, es necesario cumplir requisitos adicionales como certificados de morosidad y auditorías contables.
La justificación de los gastos debe realizarse con documentación detallada (facturas, comprobantes de pago).