La Generalitat de Catalunya ha abierto la convocatoria de subvenciones para apoyar la programación de espectáculos profesionales de artes en vivo y actividades de artes visuales en el marco de eventos de interés agroturístico durante el bienio 2026-2027. Enlace a las bases específicas

Los proyectos deben desarrollarse en Cataluña, en uno o varios municipios de menos de 150.000 habitantes, y deben estar vinculados a ferias, festivales o ciclos relacionados con productos agroalimentarios con distintivos de calidad, producción ecológica, producción integrada, venta de proximidad o artesanía alimentaria.

Beneficiarios

Pueden solicitar estas ayudas las entidades de la Administración local de Cataluña. También pueden ser beneficiarias las fundaciones, asociaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las empresas privadas, cooperativas, otras entidades con ánimo de lucro y profesionales autónomos.

Actuaciones subvencionables

La convocatoria apoya eventos de interés agroturístico que incorporen una programación cultural profesional y que contribuyan a poner en valor el territorio, la actividad agroalimentaria y la oferta turística local.

Para optar a la ayuda, la programación debe incluir un mínimo de cinco espectáculos o actividades artísticas profesionales y garantizar una oferta diversa, ya que una misma disciplina no puede representar más del 75% de la programación.

También se establecen requisitos relacionados con la presencia del catalán o del occitano, la autoría catalana y la participación de artistas residentes en Cataluña, así como con la incorporación de artistas emergentes.

Cada solicitud debe presentarse para un único evento, con un máximo de dos solicitudes por persona o entidad y anualidad.

Gastos subvencionables

Se pueden subvencionar los gastos directamente vinculados a la realización y difusión de los espectáculos y actividades, incluidas las demostraciones gastronómicas que se desarrollen en el marco de la programación artística.

Entre otros conceptos, son subvencionables los cachés y honorarios de artistas, los honorarios de profesionales técnicos, los gastos de personal contratado específicamente para la organización, el alquiler de espacios y otros gastos vinculados al proyecto.

También se pueden incluir gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención, con los límites previstos en las bases.

No son subvencionables, entre otros, el material inventariable, la compra de los productos alimentarios utilizados en demostraciones gastronómicas, determinadas instalaciones de artes de calle ni los gastos indirectos o generales.

Cuantía

El importe máximo de la ayuda varía según el número de municipios en los que se celebra el evento:

  • Hasta 100.000 euros si tiene lugar en un único municipio.
  • Hasta 150.000 euros si se desarrolla entre dos y cuatro municipios.
  • Hasta 225.000 euros cuando se realiza en cinco municipios o más.

Plazo de presentación

El plazo para presentar las solicitudes es del 4 al 29 de septiembre de 2026. El último día, las solicitudes se pueden presentar hasta las 14:00 h.

Te acompañamos durante todo el proceso de solicitud

Desde la Oficina Técnica de Subvenciones te ayudamos a analizar la convocatoria, comprobar el encaje de tu proyecto, preparar la documentación necesaria y tramitar la solicitud dentro del plazo establecido.

Si quieres optar a estas subvenciones para espectáculos de artes en vivo y actividades de artes visuales en eventos agroturísticos, contacta con nosotros y te asesoramos durante todo el proceso.