El Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM) ha publicado una nueva convocatoria de subvenciones destinada a impulsar el comercio de proximidad, modernizar establecimientos y dinamizar los ejes comerciales de Cataluña.

Este programa de ayudas está pensado tanto para nuevos negocios como para comercios ya existentes que quieran reformar su establecimiento, mejorar un puesto de mercado o trasladar su negocio a un local a pie de calle.

A continuación, te explicamos de forma clara qué líneas existen, quién puede solicitarlas y qué gastos pueden subvencionarse.

1. Apertura de un nuevo establecimiento

Esta línea está destinada a personas autónomas y empresas que quieran abrir un nuevo comercio, un establecimiento de servicios o un puesto en un mercado municipal sedentario.

¿Quién puede solicitarla?

  • Personas trabajadoras autónomas.
  • Empresas titulares de un nuevo establecimiento comercial.
  • Titulares de nuevos puestos en mercados municipales sedentarios.

¿Qué gastos pueden subvencionarse?

Entre otros:

  • Compra del local.
  • Alquiler del local.
  • Trámites de concesión administrativa.
  • Obras de adecuación.
  • Instalaciones.
  • Interiorismo.
  • Mobiliario.
  • Escaparates.
  • Rotulación.
  • Pintura.
  • Electricidad.
  • Carpintería.
  • Cualquier otra actuación necesaria para poner en funcionamiento el negocio.

Requisitos

Para optar a la ayuda es necesario:

  • Ser titular del contrato de compra o alquiler.
  • Disponer del correspondiente permiso municipal.
  • Realizar una inversión mínima de 2.000 €.
  • La inversión subvencionable no puede superar los 100.000 €.

2. Reforma o mejora de un establecimiento

Si ya tienes un comercio y quieres modernizarlo, esta línea es para ti.

El objetivo es ayudar a los negocios a renovar su imagen, mejorar sus instalaciones y aumentar su competitividad.

¿Quién puede solicitarla?

  • Personas autónomas.
  • Empresas titulares de un comercio.
  • Titulares de puestos de mercados municipales sedentarios.

Requisitos

Es necesario acreditar que se es titular del establecimiento durante, como mínimo, los últimos 5 años.

En caso de relevo familiar, este período puede acreditarse sumando los años del titular anterior si se trata de un familiar de hasta segundo grado.

La inversión mínima subvencionable es de 2.000 €.

¿Qué gastos son subvencionables?

Principalmente los derivados de las obras de reforma, como:

  • Reforma del local.
  • Pintura.
  • Pavimentos.
  • Instalaciones.
  • Adecuación de los espacios.

No son subvencionables:

  • Maquinaria.
  • Mobiliario.

4. Traslado de un negocio a un local a pie de calle

Se trata de una de las principales novedades de la convocatoria.

El objetivo es incentivar que las actividades situadas en entreplantas o plantas superiores se trasladen a locales comerciales con acceso directo desde la calle.

Esta actuación contribuye a revitalizar los ejes comerciales de los municipios y a recuperar locales vacíos.

¿Quién puede solicitarla?

Personas autónomas y empresas que actualmente desarrollen su actividad:

  • En una entreplanta.
  • En una planta superior.
  • Sin acceso directo desde la calle.

Requisitos

Para acceder a esta línea es necesario que:

  • El nuevo local esté situado a pie de calle.
  • Tenga acceso directo a la vía pública.
  • Se disponga de los correspondientes permisos municipales.
  • La inversión mínima sea de 2.000 €.

Cuantía 

Línea Porcentaje Importe máximo
Apertura de establecimientos 50 % 5.000 €
Reforma de establecimientos 50 % 5.000 €
Puestos de mercados no sedentarios 50 % 5.000 €
Traslado a un local a pie de calle 75 % 30.000 €

Plazo

La convocatoria se abrirá el próximo 15 de julio.

Te ayudamos a tramitar la subvención

En Oficina Técnica de Subvenciones nos encargamos de gestionar todo el proceso. Si estás pensando en abrir un comercio, reformar tu establecimiento o trasladar tu negocio a un local a pie de calle, contacta con nosotros. Estudiaremos tu caso sin compromiso y te ayudaremos a obtener la máxima subvención posible.