El Departamento de Deportes de la Generalitat de Cataluña, a través del Consejo Catalán del Deporte, ha aprobado la Resolución ESP/3801/2025, de 17 de octubre, por la que se regulan las Subvenciones para financiar las actuaciones del plan de choque para la mejora de la Red Básica de instalaciones deportivas públicas para el período 2025-2029.

Esta línea de ayudas tiene como finalidad mejorar, modernizar y actualizar la red de equipamientos e instalaciones deportivas, adaptándolas a las necesidades de las personas y de los diferentes modelos deportivos, con criterios de accesibilidad y sostenibilidad.

La convocatoria está impulsada por el Consejo Catalán del Deporte, organismo adscrito al Departamento de Deportes de la Generalitat de Cataluña, y se dirige principalmente a las entidades locales y públicas titulares o gestoras de instalaciones deportivas.

Beneficiarios:

1. Entidades públicas locales de Catalunya

Pueden solicitar la ayuda todos los entes públicos con competencias en instalaciones deportivas, concretamente:

  • Ayuntamientos
      • Titulares o gestores de instalaciones deportivas públicas incluidas (o solicitadas) en el Censo de Equipamientos Deportivos de Cataluña (CEEC).
  • Consejos comarcales
      • Que ejecuten actuaciones de mejora o modernización dentro de la red básica de instalaciones de su ámbito territorial.
  • Diputaciones provinciales
      • Que participen en proyectos de renovación, cofinanciación o apoyo técnico a instalaciones deportivas municipales.
  • Entidades municipales descentralizadas (EMD)
      • Que tengan la titularidad o gestión directa de una instalación deportiva pública.

2. Organismos o entidades dependientes de entes locales

También pueden ser beneficiarias:

  • Patronatos municipales de deportes.
  • Sociedades o empresas públicas locales que gestionen instalaciones deportivas.
  • Consorcios públicos vinculados al ámbito deportivo o a la gestión de equipamientos.

(Siempre que la titularidad de la instalación sea pública y esté destinada a uso deportivo general).

3.Otras entidades públicas con competencias en instalaciones deportivas

  • Consejos deportivos comarcales.
  • Federaciones deportivas catalanas, cuando:
      • Gestionen o tengan la responsabilidad, mediante convenio o concesión administrativa, de una instalación deportiva pública integrada en la red básica.
      • La actuación propuesta sea para mejorar, rehabilitar o equipar dicha instalación.

4.Agrupaciones de entidades públicas

Pueden presentar solicitudes conjuntas cuando:

  • La actuación afecte a una instalación compartida o de uso supramunicipal.
  • Exista un convenio de cooperación o acuerdo administrativo entre los entes participantes.

En estos casos, se debe designar un ente coordinador que actúe como representante ante la Administración.

5.No pueden ser beneficiarias

  • Entidades sancionadas o condenadas por discriminación, incumplimiento de igualdad o infracciones laborales graves.
  • Entes que no estén al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Entidades con procedimientos pendientes de reintegro de subvenciones.
  • Instalaciones no incluidas o no solicitadas en el CEEC antes de finalizar el plazo de la convocatoria.

Acciones subvencionables

Línea 1 — Obras de mejora, reforma, ampliación o construcción de instalaciones deportivas públicas

Objetivo: Actuaciones de reforma, ampliación y/o construcción de instalaciones que contribuyan a mejorar la funcionalidad, accesibilidad, eficiencia energética y seguridad de los equipamientos existentes.

Actuaciones tipificadas:

  • Reforma integral o parcial de instalaciones (vestuarios, gradas, accesos, cubiertas, etc.).
  • Adaptación para personas con movilidad reducida (rampas, ascensores, plataformas, baños adaptados).
      • Mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad ambiental, como:
      • Instalación de placas solares o fotovoltaicas.
      • Sustitución de iluminación por tecnología LED.
  • Sistemas de gestión energética o reutilización de agua.
  • Rehabilitación o ampliación de espacios deportivos existentes, para aumentar su capacidad o diversificar sus usos.
  • Construcción de nuevas instalaciones básicas (pistas, pabellones, campos, piscinas, salas polideportivas).
  • Mejoras estructurales y de seguridad, como:
      • Refuerzo de estructuras, cubiertas o pavimentos.
      • Instalación de sistemas contra incendios o de emergencia.
  • Obras de mejora del confort y la calidad del espacio, como:
      • Renovación de vestuarios, baños y zonas comunes.
      • Climatización eficiente y ventilación natural o mecánica.

Línea 2 — Adquisición e instalación de equipamiento deportivo especializado

Objetivo: Adquisición e instalación de equipamiento y material deportivo especializado y no inventariable que sea fundamental para el desarrollo de una modalidad deportiva o para la accesibilidad.

Actuaciones tipificadas:

  • Compra de equipamiento deportivo fijo o no inventariable, como:
    • Marcadores electrónicos y sistemas de cronometraje.
    • Canastas hidráulicas, porterías, redes o paneles de escalada.
    • Pavimentos deportivos especiales o amortiguadores de caídas.
  • Instalación de sistemas técnicos y tecnológicos, como:
    • Sistemas de megafonía y comunicación de emergencia.
    • Sistemas de iluminación deportiva especializada.
  • Adquisición de equipamiento para deportes adaptados, como sillas de ruedas deportivas, grúas de piscina, etc.
  • Material específico de competición o entrenamiento para modalidades reconocidas oficialmente.

Acciones no subvencionables (según las bases reguladoras):

  • Adquisición de terrenos o inmuebles.
  • Obras de mantenimiento ordinario o reparaciones menores.
  • Gastos de personal propio de la entidad beneficiaria.
  • Material fungible o de uso general (balones, conos, ropa, etc.).
  • IVA recuperable.
  • Intereses, sanciones o gastos judiciales.

Gastos subvencionables y no subvencionables

Gastos subvencionables:

Son aquellos necesarios, directamente vinculados y estrictamente indispensables para llevar a cabo las actuaciones objeto de la subvención, dentro del plazo establecido en la convocatoria.

A. Obras de mejora, reforma o construcción (Línea 1)

Incluyen todos los gastos relacionados con la ejecución material de las obras aprobadas:

  • Costes directos de obra:
      • Mano de obra, materiales, maquinaria y ejecución.
      • Pavimentación, estructura, cubiertas, cierres e instalaciones técnicas.
  • Honorarios técnicos profesionales
      • Redacción de proyectos técnicos, estudios geotécnicos o topográficos.
      • Dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud, certificaciones y memorias.
  • Gastos de seguridad y salud:
      • Coordinación de obras, señalización y equipos de protección.
  • Certificaciones y permisos:
      • Licencias, certificados energéticos, legalizaciones de instalaciones.
  • Otros costes asociados:
      • Transporte, montaje y desmontaje de elementos constructivos, pruebas y puesta en marcha.

B. Adquisición de equipamiento deportivo especializado (Línea 2)

Son elegibles los costes vinculados a la compra e instalación de material o equipamiento técnico deportivo:

  • Equipamiento fijo o no inventariable: marcadores, porterías, redes, canastas, paneles de escalada.
  • Equipamiento tecnológico y de gestión deportiva: cronometraje, megafonía, control de acceso o gestión energética.
  • Material específico para deportes adaptados: grúas de piscina, sillas deportivas, rampas o sistemas de apoyo.
  • Instalación y montaje del equipamiento: anclajes, suministros y puesta en servicio.

Solo es subvencionable el IVA cuando no sea recuperable o compensable por la entidad beneficiaria.

C. Otros gastos admisibles

  • Costes de publicidad o señalización obligatoria del financiamiento (“Con el apoyo de Esportcat – Generalitat de Catalunya”).
  • Certificados de eficiencia o sostenibilidad exigidos por el proyecto.
  • Gastos indirectos limitados (si se aceptan en la convocatoria).

Gastos no subvencionables (según la Base 11.5):

  • De carácter financiero o jurídico: intereses, recargos, multas, sanciones o gastos judiciales.
  • De carácter económico o contable: gastos generales, IVA recuperable, expropiaciones, etc.
  • De mantenimiento o uso ordinario: conservación rutinaria, reparaciones menores o sustituciones sin mejora.
  • De personal y materiales fungibles: sueldos del personal propio, material deportivo fungible, suministros no vinculados a la actuación.

Cuantía e intensidad

  • Importe mínimo y máximo: se fijarán en cada convocatoria anual.
  • Intensidad de la ayuda (porcentaje): la ayuda se calculará aplicando un porcentaje sobre el presupuesto elegible. No podrá superar el porcentaje máximo establecido en la convocatoria y se aplicará el principio de cofinanciación, obligando al beneficiario a aportar fondos propios.
  • Criterios de adjudicación: se valorará la idoneidad de la instalación, el impacto social de la mejora, la eficiencia energética y la sostenibilidad del proyecto (concurrencia competitiva).

Plazos

  • Presentación de solicitudes: entre 15 y 30 días a partir de la publicación de la convocatoria anual.
  • Ejecución del proyecto: normalmente 12 o 18 meses desde la resolución de concesión.
  • Justificación: dentro del plazo que se establezca tras finalizar la ejecución (por ejemplo, 3 meses después).

Ejemplo de actuación subvencionable

Línea 1 — Obras de mejora, reforma, ampliación o construcción

Esta línea está pensada para apoyar proyectos de obra que contribuyan a renovar, adaptar o ampliar las instalaciones deportivas públicas, garantizando que sean más accesibles, sostenibles y seguras.

Ejemplos destacados:

  • Reformas integrales de vestuarios, accesos y zonas comunes, incorporando criterios de accesibilidad universal y ahorro energético.
  • Sustitución del césped artificial o natural por opciones más sostenibles y seguras.
  • Instalación de placas fotovoltaicas o sistemas de eficiencia energética.
  • Adecuación de piscinas municipales para personas con movilidad reducida.
  • Ampliación o rehabilitación de espacios deportivos existentes (salas polivalentes, pabellones, pistas exteriores).
  • Mejoras estructurales o de seguridad (cubiertas, impermeabilizaciones, sistemas contra incendios).
  • Instalación de sistemas LED, climatización eficiente o ventilación natural.
  • Construcción de nuevas pistas o espacios deportivos básicos en municipios que carecen de ellos.

 

Línea 2 — Adquisición e instalación de equipamiento deportivo especializado

Esta segunda línea se centra en la compra e instalación de material técnico que mejore la práctica deportiva, la competición o la accesibilidad de las instalaciones.

Incluye, entre otros:

  • Marcadores electrónicos homologados, sistemas de cronometraje o paneles digitales.
  • Canastas hidráulicas, porterías y redes deportivas con sistemas de seguridad.
  • Equipamientos para deportes adaptados (grúas de piscina, sillas deportivas).
  • Paneles y presas de escalada, pavimentos técnicos o materiales amortiguadores.
  • Sistemas de megafonía, control de accesos y comunicación de emergencia.
  • Material de competición o entrenamiento de alta calidad para modalidades oficiales.

Estas actuaciones no implican obra civil, sino mejoras funcionales y tecnológicas que modernizan los equipamientos y favorecen una práctica deportiva de calidad.

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Joan Martín Masdeu
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