Las “Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos Audiovisuales”, convocadas por el Departamento de Cultura a través del Instituto Catalán de las Empresas Culturales (ICEC), tienen como finalidad impulsar la creación y producción de obras audiovisuales de vanguardia. Esta ayuda pretende brindar apoyo financiero a todas las fases previas al inicio del rodaje –desde la elaboración del guion hasta la postproducción y difusión– con el objetivo de potenciar la diversidad narrativa y fortalecer la proyección internacional del sector audiovisual catalán.
Beneficiarios
- Empresas que pueden optar a la subvención:
- Empresas de producción audiovisual independientes que estén:
- Inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña, o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el ICAA.
- O bien, empresas de un estado miembro de la Unión Europea o asociadas al Espacio Económico Europeo, con establecimiento permanente en España.
- Empresas de producción audiovisual independientes que estén:
- Definición de empresa de producción audiovisual independiente:
- Puede ser persona física o jurídica.
- Debe cumplir las siguientes condiciones:
- Personalidad jurídica independiente: Debe tener una personalidad jurídica distinta de la de una empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual.
- Límite de participación en capital:
- No puede participar directa o indirectamente en más del 15% del capital social de una o varias empresas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual.
- Su capital social no puede tener una participación directa o indirecta superior al 15% por parte de estas empresas.
- Dependencia de facturación: En los últimos tres ejercicios fiscales, no debe facturar más del 90% de su volumen de facturación a una misma empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual.
- Definición de empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual:
- Se considera así a la persona física o jurídica que:
- Asume la responsabilidad editorial sobre la selección de programas y contenidos audiovisuales del servicio.
- Determina la manera de organizar este contenido.
- Se considera así a la persona física o jurídica que:
- Exclusión:
- No pueden ser destinatarias de las subvenciones las empresas productoras audiovisuales cuya participación en el proyecto sea financiera.
Tipos de proyectos subvencionables:
El objeto general es dar apoyo a proyectos audiovisuales en fase de desarrollo, entendida como el conjunto de actividades previas al inicio del rodaje necesarias para la realización del proyecto.
Tipos específicos:
- Largometrajes cinematográficos de ficción, documental o animación.
- Documentales para televisión (mínimo 52 minutos).
- Series de animación (mínimo 90 minutos globales).
- Series televisivas de ficción (mínimo dos capítulos con continuidad argumental y temática).
- Series documentales (con continuidad argumental y carácter indagatorio).
Exclusiones específicas:
- Proyectos con rodaje iniciado.
- Cortometrajes.
- Programas para televisión.
- Reality shows, talent shows, documentales de naturaleza, vida animal, recreación histórica y docuseries.
- Series web de ficción.
- Proyectos de largometrajes televisivos de ficción.
Acciones subvencionables:
- Escritura, reescritura, traducción y asesoría externa del guion.
- Diseño y elaboración de material gráfico promocional.
- Producción de teaser o adelanto visual.
- Asesoramiento externo sobre viabilidad técnica y económica.
- Elaboración de documentación y estrategia de producción.
- Elaboración de un plan de marketing y distribución.
- Gastos de viajes y desplazamientos relacionados con la búsqueda de coproductores o asistencia a eventos profesionales.
- Adquisición de derechos de obras literarias o similares.
- Gastos por contratación de equipo técnico en fase de desarrollo.
- Asesoría jurídica y fiscal.
- Servicios de comunicación con prensa especializada.
- Gastos generales (máximo 10% del presupuesto).
- En caso de solicitante persona física, imputación del 10% del presupuesto para tareas propias, debidamente justificadas.
Cuantía:
La subvención puede cubrir hasta el 60% de los gastos del desarrollo del proyecto audiovisual, con los siguientes límites máximos:
- Largometrajes cinematográficos de ficción, documentales o series documentales: hasta 25.000 €.
- Series televisivas de ficción: hasta 36.000 €.
- Largometrajes y series de animación: hasta 50.000 €.
Plazos:
- Presentación de solicitudes: del 18 de marzo al 7 de abril de 2025 (ambos incluidos).
- Resolución: máximo 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
- Contratación, finalización y pago:
- Proyectos generales: del 1 de julio del año anterior a la concesión al 15 de noviembre del año posterior.
- Proyectos de animación: hasta el 15 de noviembre del segundo año posterior.
Tipología:
Esta subvención se concede en régimen de concurrencia competitiva, evaluándose y ordenándose las solicitudes según criterios específicos hasta agotar el presupuesto disponible de 1.500.000 € distribuidos en varios años.
Ejemplo de proyecto subvencionable: “Entre Sombras y Luz”
Tipo de proyecto: largometraje cinematográfico de ficción en fase de desarrollo. Descripción: una joven llega a un pequeño pueblo costero y descubre secretos ocultos, viéndose envuelta en una trama de misterio y redención, combinando drama y suspense con fuerte carga visual.
Acciones subvencionables en este ejemplo:
- Elaboración del tratamiento del guion.
- Redacción y reescritura del guion.
- Estudio de viabilidad técnica y económica.
- Elaboración del plan de marketing y distribución.
- Producción de teaser promocional.
Presupuesto y cuantía:
- Presupuesto global: 40.000 €
- Subvención prevista: hasta el 60% (24.000 € aproximadamente).
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