La Generalitat de Catalunya ha abierto la convocatoria 2025 de subvenciones SOC para la contratación de personas vulnerables en Catalunya, a través del Departamento de Empresa y Trabajo y con la gestión del Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC),

Esta iniciativa tiene como finalidad incentivar la creación de empleo estable y a jornada completa, mediante contratos indefinidos dirigidos a colectivos con más dificultades de acceso al mercado laboral.

Las ayudas se dirigen especialmente a personas desempleadas de 45 años o más, mujeres de 30 años o más en situación de vulnerabilidad, personas desempleadas de larga duración y personas migrantes de origen extracomunitario mayores de 30 años. Con esta medida, el SOC quiere apoyar a aquellos colectivos que acumulan más dificultades para reincorporarse al mercado laboral y que a menudo sufren una mayor exclusión social.

Entidades beneficiarias (Quién puede solicitar la subvención)

  • Entidades sin ánimo de lucro, incluidas asociaciones y fundaciones.
  • Cooperativas de trabajo asociado.
  • Personas físicas o jurídicas privadas y comunidades de bienes con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo.
  • Corporaciones de derecho público (cámaras, colegios profesionales…).
  • También pueden ser beneficiarias las agencias de colocación y las empresas de trabajo temporal (solo cuando los puestos subvencionados sean para la contratación de personal de estructura de la propia empresa).

No pueden ser beneficiarias: administraciones públicas, empresas de inserción y centros especiales de trabajo.

Personas beneficiarias (Quién puede ser contratado con la subvención)

  • Personas desempleadas de 45 años o más.
  • Mujeres desempleadas de 30 años o más en situación de vulnerabilidad (violencia machista, monoparentalidad, discapacidad, etc.).
  • Personas desempleadas de larga duración de 30 años o más.
  • Personas migrantes de origen extracomunitario de 30 años o más.

Requisitos generales: estar inscritas en el SOC como demandantes de empleo no ocupadas, no haber sido contratadas por la misma entidad en los 12 meses anteriores y cumplir el resto de condiciones establecidas.

Acciones y proyectos subvencionables

Las actuaciones subvencionables son las previstas en la base 2.1.a de la Orden EMT/214/2021: la contratación laboral de personas en situación de vulnerabilidad.

  • Modalidad de contrato subvencionable: contrato indefinido.
  • Tipo de jornada: a tiempo completo (no se admite parcial ni fijo discontinuo).
  • Duración mínima subvencionable: 1 mes.
  • Período subvencionado: 12 meses.
  • Período de permanencia obligatorio: 12 meses adicionales, a cargo de la entidad contratante.
  • Ubicación: el centro de trabajo debe estar situado en Cataluña.
  • Categorías profesionales subvencionables: grupos de cotización del 3 al 11.

Gastos subvencionables y no subvencionables

Subvencionables

  • Salarios de la persona trabajadora contratada.
  • Cuotas de la Seguridad Social a cargo de la empresa.
  • Todos los gastos vinculados a la contratación que se deriven del coste laboral real.

No subvencionables

  • Contratos a tiempo parcial (excepto reducciones por cuidado de hijos o familiares).
  • Contratos fijos discontinuos.
  • Sustituciones de otros trabajadores.
  • Contratos para categorías profesionales fuera de los grupos 3-11.
  • Otros gastos no directamente vinculados al coste laboral.

Importes mínimo y máximo de los proyectos

  • Módulos mensuales establecidos:
      • Grupos 3 a 7: 2.091,05 € mensuales.
      • Grupos 8 a 11: 1.652,73 € mensuales.
  • Módulos diarios (si no se cumple un mes entero):
      • Grupos 3 a 7: 68,74 €/día.
      • Grupos 8 a 11: 54,33 €/día.
  • Número máximo de contratos subvencionables: 10 por entidad o persona beneficiaria.
  • Límite para ayudas de minimis: 300.000 € acumulados en 3 años por entidad.

Intensidad e importe de las subvenciones:

  • La subvención cubre aproximadamente el 75% del coste laboral medio de las categorías subvencionables.
  • El programa está cofinanciado en un 40% por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

Forma de pago: anticipos y justificaciones según base 17 de la Orden:

  • 70% inicial + 10% tras iniciarse el período de permanencia + 20% en la justificación final.

Plazos de presentación y justificación

  • Presentación de solicitudes: desde el día siguiente a la publicación de la resolución (2025) hasta el 1 de octubre de 2026 a las 15:00 horas.
  • Ejecución de los contratos:
      • Inicio: a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria.
      • Fin: 30 de septiembre de 2028.
  • Justificación: máximo 2 meses desde la finalización del período subvencionable del último contrato.

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La Generalitat de Catalunya ha abierto la convocatoria 2025 de subvenciones para la contratación de personas en situación de mayor vulnerabilidad. Es una gran oportunidad para empresas y entidades que quieran crear empleo estable con el apoyo de ayudas públicas.

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Joan Martín Masdeu
Assessor Jurídic - Consultor en Subvencions
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