El Departament d’Empresa i Treball de la Generalitat de Catalunya, a través de la Agència per a la Competitivitat de l’Empresa (ACCIÓ), ha activado la convocatoria 2025 de las Subvenciones para Inversiones Empresariales de Alto Impacto, destinadas a impulsar nuevos proyectos estratégicos en el territorio. Esta línea de ayudas, identificada con el código BDNS 849722, tiene como finalidad fomentar la creación de empleo cualificado y estimular inversiones en activos productivos que contribuyan a reforzar la competitividad, la innovación y la atracción de proyectos de alto valor para la economía catalana.

Beneficarios:

1.1. Empresas que pueden ser beneficiarias

Pueden serlo empresas con establecimiento operativo en Cataluña o en proceso de establecerlo, que desarrollen proyectos incluidos en las acciones: 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4.

Se entiende por empresa:

  • Cualquier entidad con forma jurídica diversa.
  • Legalmente constituida en el momento de solicitar.
  • Que ejerza actividad económica.
1.2. Empresas excluidas (no elegibles)

Quedan excluidas:

  • Comercio al por menor.
  • Centros de atención telefónica / contact centers.
  • Sector inmobiliario.
  • Actividades de sacrificio de ganado.
  • Conservación de carne.
  • Elaboración de productos cárnicos.
  • Producción primaria agrícola.
1.3. Exclusiones específicas por reglamento UE (acciones 2.3 y 2.4)

Según Reglamento 651/2014, no pueden ser beneficiarias:

  • Empresas de transformación/comercialización agrícola (cuando la ayuda depende de precio/cantidad o se repercute al productor primario).
  • Sector del acero, lignito y carbón.
  • Sector del transporte + infraestructuras.
  • Producción, almacenamiento o distribución de energía.
  • Banda ancha.
  • Producción primaria agrícola.
  • Pesca y acuicultura.
1.4. Exclusiones por reglamento de minimis

No pueden acogerse a minimis:

  • Producción primaria de pesca y acuicultura.
  • Transformación/comercialización de pesca cuando la ayuda depende de precio/cantidad.
  • Producción primaria agrícola.
  • Transformación agrícola con condiciones de repercusión o dependencia de cantidades/precios.
1.5. Requisitos específicos para PYME (acción 2.4)

Solo pueden ser beneficiarias:

  • Microempresas: (<10 trabajadores, facturación o balance $\le$ 2 M€).
  • Pequeñas empresas: (<50 trabajadores, $\le$ 10 M€).
  • Medianas empresas: (<250 trabajadores, $\le$ 50 M€ facturación o $\le$ 43 M€ balance).
1.6. Requisitos administrativos generales

Las empresas deben cumplir:

  • Cuota 2% trabajadores con discapacidad o medidas alternativas.
  • Obligaciones tributarias y Seguridad Social al día.
  • No estar inmerso en prohibiciones art. 13 LGS.
  • Medidas para prevenir acoso sexual (si $\ge$ 25 trabajadores).
  • No sanciones graves/muy graves en materia laboral o de seguridad.
  • Sistema de prevención de riesgos laborales.
  • Plan de igualdad (empresas $\ge$ 50 trabajadores).
  • Cuentas anuales al día (fundaciones).
  • No tener órdenes de recuperación pendientes UE.
  • No superar límite 300.000 € de minimis en 3 años.
  • No estar en crisis (acciones 2.3 y 2.4).
  • No condena por delitos sexuales o discriminación.

Acciones i proyectos subvencionables

Las actuaciones subvencionables se dividen en dos líneas principales, con un total de ocho acciones.

LÍNEA 1 — Proyectos de inversión empresarial de alto impacto de creación de empleo
Acció 1.1 — Centres de serveis TIC (Centros de servicios TIC)
  • Centros de software, análisis de datos y desarrollo de videojuegos.
  • Nuevos centros o nuevas actividades diferenciadas.
  • Ubicación fuera de Barcelonès, Baix Llobregat, Vallès Oriental y Occidental.
  • Mínimo 25 puestos de trabajo.
Acció 1.2 — Centres de decisió supraregional (Centros de decisión suprarregional)
  • Centros que dirigen funciones y estrategia de un grupo a escala suprarregional.
  • Mínimo 10 puestos de trabajo.
Acció 1.3 — Projectes industrials i centres logístics industrials (Proyectos industriales y centros logísticos industriales)
  • Producción industrial, transformación y servicios a la industria.
  • Centros logísticos vinculados a producción industrial catalana.
  • Mínimo 10 puestos de trabajo.
  • Excluidos: logística de supermercados, grandes superficies y e-commerce.
Acció 1.4 — Projectes estratègics intensius en ocupació (Proyectos estratégicos intensivos en empleo)
  • Proyectos tractor de alto impacto.
  • Mínimo 50 puestos de trabajo.
Acció 1.5 — Centres de R+D+I (Centros de I+D+i)
  • Centros o unidades dedicadas a investigación, desarrollo o innovación.
  • Mínimo 5 puestos de trabajo.
LÍNEA 2 — Projectes d’inversió en actius fixos (Proyectos de inversión en activos fijos)
Acció 2.1 — Nova activitat o ampliació productiva (Nueva actividad o ampliación productiva)
  • Implantación de nueva actividad o ampliación productiva.
  • Inversión mínima: 2.000.000 €.
  • Logística solo si vinculada a producción industrial.
Acció 2.2 — Centres de R+D+I (Centros de I+D+i)
  • Equipamientos y activos para investigación, desarrollo e innovación.
  • Inversión mínima: 200.000 €.
Acció 2.3 — Projectes estratègics per a l’economia catalana (Proyectos estratégicos para la economía catalana)
  • Implantación de nuevas empresas o nuevos emplazamientos.
  • Inversión mínima: 5.000.000 €.
  • Creación mínima: 10 puestos directos.
  • No elegibles: centros logísticos o distribución.
Acció 2.4 — Projectes estratègics per PIME (Proyectos estratégicos para PYME)
  • Implantación, nuevos emplazamientos, ampliación o diversificación.
  • Inversión mínima: 3.000.000 €.
  • Creación mínima: 5 puestos directos.
  • Solo para PYME.
  • No elegibles: centros logísticos o distribución.

 

Gastos subvencionables i no subvencionables

1. Línea 1 — Creación de empleo

Coste laboral del nuevo personal contratado:

  • Acciones 1.1, 1.2, 1.3 y 1.5 6 meses.
  • Acción 1.4 12 meses para trabajadores desfavorecidos y 6 meses para el resto.

Incluye:

  • Salario bruto
  • Cotizaciones sociales a cargo de la empresa.
2. Línea 2 — Inversión en activos fijos

Activos materiales:

  • Maquinaria
  • equipamiento productivo
  • equipamiento de laboratorio
  • instalaciones vinculadas al proceso productivo

Activos inmateriales:

  • Patentes
  • licencias
  • Know-How
  • software productivo
3. Auditoría de justificación

Hasta 1.500 €, subvencionable al 100%.

GASTOS NO SUBVENCIONABLES

Generales:

  • ✘ Intereses deudores y gastos financieros.
  • ✘ Pagos en efectivo.
  • ✘ Sanciones, recargos y multas.
  • ✘ Procedimientos legales y judiciales.
  • ✘ Impuestos recuperables (por ejemplo, IVA deducible).
  • ✘ Impuestos personales sobre la renta.
  • ✘ Viajes y dietas.
  • ✘ Importes < 100 €.
  • ✘ Comisiones bancarias y pérdidas de cambio.

Fuera de periodo:

  • ✘ Facturas anteriores o posteriores al periodo de ejecución (excepto la auditoría final).

Gastos de tramitación:

  • ✘ Preparación del dosier técnico.
  • ✘ Gestorías para la solicitud.
  • ✘ Horas de seguimiento de visitas técnicas.

Gastos de personal NO elegibles:

  • ✘ Horas extra.
  • Bonus e incentivos.
  • ✘ Pagos en especie.
  • ✘ Vacaciones no disfrutadas.
  • ✘ Dietas y locomoción.
  • ✘ Indemnizaciones (despido, traslado, cese, etc.).
  • ✘ Pagos por matrimonio o muerte.

Proveedores vinculados:

  • No subvencionables, excepto autorización expresa y si cumplen las condiciones de mercado.

 

Intensidad e importes de las subvenciones

LíneaAcciónTipo de ProyectoIntensidad de AyudaImporte Máximo
11.1Centros TIC (software, datos, videojuegos)30%200.000 €
11.2Centros de decisión suprarregional30%300.000 €
11.3Proyectos industriales y logísticos industriales30%300.000 €
11.4Proyectos estratégicos intensivos en empleo50% (trab. desfavorecidos) / 30% (otros)1.000.000 €
11.5Centros de I+D+i30%300.000 €
22.1Nueva actividad o ampliación productiva10%300.000 €
22.2Centros de I+D+i (inversiones)15%300.000 €
22.3Proyectos estratégicos para la economía catalana15%3.000.000 €
22.4Proyectos estratégicos para PYME10%2.000.000 €

 

Plazos de presentación y justificación

  • Presentación: del 09/09/2025 al 09/10/2025.
  • Ejecución de los proyectos: entre el 1 de enero de 2025 y máximo tres años después de la fecha de concesión.
  • Justificación: mediante auditoría y memoria técnica, dentro del plazo establecido por la resolución de concesión.

 

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