El Departamento de Cultura de la Generalitat de Catalunya ha convocado una nueva subvención para la reducción del precio de las entradas a eventos culturales dirigidos a jóvenes de 18 a 30 años. Esta iniciativa busca facilitar el acceso de los jóvenes a la cultura, promoviendo su participación en una amplia variedad de actividades culturales que tienen lugar en Catalunya. El objetivo principal de la medida es favorecer el acceso a espectáculos y eventos culturales de alto nivel para este segmento de la población, contribuyendo a la modernización y profesionalización del sector cultural de la región. Esta subvención permite a los jóvenes disfrutar de descuentos en la adquisición de entradas, dando así un impulso a la participación juvenil en actividades culturales y enriqueciendo la oferta de ocio juvenil en Catalunya.

Con esta medida, el Gobierno de la Generalitat busca consolidar una cultura más inclusiva y accesible, a la vez que se fomenta la vitalidad y la sostenibilidad del sector cultural.

Beneficiarios:

Podrán beneficiarse de las subvenciones los promotores de eventos culturales que cumplan las condiciones siguientes:

1. Empresas privadas:

      • Personas físicas (autónomos).
      • Personas jurídicas (empresas legalmente constituidas).

2. Agrupaciones de empresas privadas:

      • Aquellas que se constituyan como uniones temporales de empresas (UTE), según la Ley 18/1982 sobre régimen fiscal de las agrupaciones y uniones temporales de empresas.

3. Entidades privadas sin ánimo de lucro:

      • Han de cumplir la condición de no estar participadas mayoritariamente por administraciones públicas.

El promotor es la persona que tiene la titularidad de la gestión de la sala o espacio donde se realiza el evento y asume el riesgo del negocio de venta de entradas.

Casos específicos: Si el riesgo de negocio de la venta de entradas es compartido entre la persona titular de la gestión de la sala y una empresa productora del evento, la solicitud solo puede ser presentada por la persona titular de la sala o espacio.

Exclusiones:
  • No podrán ser beneficiarias las personas titulares de salas o espacios donde se realice el espectáculo, concierto, festival o ciclo, cuando estas salas se cedan a una tercera persona que asume el riesgo de la venta de entradas.
  • Tampoco serán beneficiarias las personas que gestionen las salas por encargo de un tercero (como un ayuntamiento) y que reciban una contraprestación económica independiente de la venta de entradas.
  • No podrán ser beneficiarias las personas afectadas por una sentencia firme o una resolución administrativa que indique que han aplicado normas discriminatorias en el acceso, funcionamiento o utilización de medios e instalaciones, como por ejemplo, discriminación por razón de género o cualquier otra condición personal o social según la Ley 19/2020 de igualdad de trato y no discriminación.
Condiciones generales para ser beneficiario:

Las personas beneficiarias han de cumplir los requisitos siguientes:

1. Empresas con 50 o más trabajadores:

      • Cumplir la cuota legal de reserva de puestos para personas con discapacidad o aplicar las medidas alternativas excepcionales establecidas por la legislación correspondiente.

2. Empresas con 25 o más trabajadores:

      • Indicar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y por razón de sexo.
      • Tener protocolos de prevención y abordaje del acoso sexual y por razón de sexo, según la Ley 5/2008 sobre violencia machista.

3. Personas físicas empresarias:

      • Alta en el censo de impuestos sobre actividades económicas cuando sea obligatorio.
      • El NIF o NIE de la persona empresaria ha de constar en los justificantes del gasto.

4. Empresas:

      • Deberán estar domiciliadas en el Estado español o en un Estado miembro de la UE con establecimiento operativo en España y NIF español.

5. Entidades privadas sin ánimo de lucro:

      • Deberán estar inscritas en el registro correspondiente.

6. Fundaciones:

      • Deberán cumplir con la obligación de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado, según la Ley 4/2008.

Plataforma Cultura Jove: La persona solicitante deberá estar adherida a la plataforma Cultura Jove mediante el formulario correspondiente.

 

Acciones subvencionables:

Las actuaciones subvencionables han de cumplir los siguientes requisitos:

1. Ubicación del evento:

      • Los eventos culturales han de desarrollarse en un espacio ubicado en Catalunya, con asistencia presencial del público. Este requisito asegura que solo los eventos realizados en Catalunya y con público presente pueden beneficiarse de la subvención.

2. Venta de entradas

      • Las entradas objeto de la solicitud de subvención han de haber sido puestas a la venta mediante la Plataforma Cultura Jove o una tiquetera integrada con esta plataforma.
      • Esto implica que los eventos culturales que soliciten la subvención han de gestionar sus entradas a través de este sistema digital para garantizar el cumplimiento de las condiciones para obtener la subvención.

Requisitos para las actuaciones subvencionables:

    • Espacio en Catalunya con asistencia presencial.
    • Venta de entradas a través de Cultura Jove o una tiquetera integrada.

Las actuaciones subvencionables incluyen eventos culturales realizados en Catalunya con asistencia presencial del público y entradas vendidas a través de la Plataforma Cultura Jove o una tiquetera vinculada a esta plataforma.

Intensidad y quantía:

Cuantía máxima: La cuantía máxima destinada a estas subvenciones será la que se determine en la convocatoria correspondiente. Esto implica que el importe total disponible para las subvenciones depende de la asignación presupuestaria anual por parte de la Generalitat de Catalunya.

Importe por entrada o abono: El importe de la subvención por entrada o abono se determinará según el precio de venta de las entradas, conforme a las condiciones especificadas en la convocatoria. Esto quiere decir que el importe específico por cada entrada dependerá de la política que se establezca en cada convocatoria.

Importe máximo de la subvención: El importe total de la subvención concedida no podrá superar el coste de la actividad que desarrolle la persona beneficiaria. Esto es importante, ya que si la entidad recibe otras ayudas o ingresos, la subvención no podrá exceder el coste total de la actividad subvencionada. Es decir, la subvención cubrirá una parte o la totalidad de la actividad, dependiendo de la cantidad solicitada y el presupuesto global.

Reducción parcial o total de la subvención: Se podrá reducir parcial o totalmente el importe de la subvención antes de la resolución definitiva como consecuencia de las restricciones presupuestarias derivadas del objetivo de sostenibilidad financiera que afecten a la Generalitat de Catalunya.

Plazos:

Presentación de solicitudes: El plazo se cuenta a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), tal como se determina en cada edición.

Resolución: El plazo para resolver la solicitud es de 6 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Ejecución de las actividades subvencionadas: Los eventos han de tener lugar durante el período especificado en la convocatoria correspondiente para poder ser objeto de la subvención.

Justificación de la subvención: El plazo para justificar el uso de la subvención es, por regla general, de 3 meses después de la finalización de la actividad subvencionada, aunque este plazo puede ser modificado según lo que se determine en la resolución final de la convocatoria.

Caso pràctico: Solicitud de subvención para un Festival de Música para Jóvenes en Catalunya

Contexto:

La empresa “IndieVibes S.L.” quiere organizar un festival de música indie, “IndieVibes Festival 2026”, en La Ràpita para jóvenes entre 18 y 30 años. Para hacer el evento más accesible a este segmento de la población, la empresa decide solicitar la subvención para la reducción del precio de las entradas.

Descripción del evento:

      • Nombre del evento: IndieVibes Festival 2026.
      • Ubicación: La Ràpita, en un espacio con capacidad para 1.000 personas.
      • Fechas: Del 5 al 7 de julio de 2026.
      • Objetivo: Fomentar la participación de los jóvenes de 18 a 30 años en actividades culturales.

Subvención por entrada:

      • El precio de las entradas es de 30 euros.
      • Descuento para jóvenes: El precio se reduce a 15 euros por entrada, gracias a la subvención, cubriendo el 50% del coste para los jóvenes de 18 a 30 años.
      • Importe total de la subvención: Si se venden 1.000 entradas, la subvención total será de 15.000 euros (15 euros por entrada x 1.000 entradas).

Proceso de venta de entradas:

      • Las entradas se venderán exclusivamente a través de la Plataforma Cultura Jove, una plataforma oficial que cumple con los requisitos para obtener la subvención.
      • Compromiso de la empresa: IndieVibes S.L. se compromete a gestionar la venta de las entradas mediante esta plataforma para garantizar que los jóvenes de 18 a 30 años puedan disfrutar del descuento.

Ejecución del evento:

      • IndieVibes Festival 2026 se realiza con éxito, con 1.000 jóvenes asistentes.
      • Las entradas, a 30 euros cada una, se venden mediante Cultura Jove con el descuento de 15 euros por entrada, tal como se establece en la subvención.

Justificación de la subvención:

      • Después del evento, IndieVibes S.L. deberá justificar el uso de la subvención mediante la presentación de la documentación acreditativa:
      • Justificantes de venta de entradas.
      • Certificación del importe subvencionado.

Pago de la subvención:

      • Después de la resolución favorable, IndieVibes S.L. recibirá 15.000 euros como subvención.
      • El pago se hará antes del evento, una vez aprobada la solicitud.
ConceptoCantidad
Precio de entrada por persona30 euros
Subvención por entrada (50%)15 euros
Número de entradas vendidas1.000
Total de la subvención15.000 euros

Así pues, IndieVibes S.L. solicita una subvención para la reducción del precio de las entradas de su festival de música. Las entradas se venden a 30 euros, con un descuento de 15 euros para los jóvenes de 18 a 30 años. Si se venden 1.000 entradas, la subvención total será de 15.000 euros. Esta subvención se paga antes del evento, una vez la solicitud sea aprobada. La empresa deberá justificar el uso de la subvención con la documentación correspondiente después del evento.

 

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Joan Martín Masdeu
Assessor Jurídic – Consultor en Subvencions
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