El Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM), organismo adscrito al Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Cataluña, publicará próximamente las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito del comercio, los servicios, la artesanía y la moda para el año 2025. Estas subvenciones forman parte del Plan de Acción de Comercio, Artesanía y Moda 2022-2025, con el objetivo de promover la competitividad y la modernización del sector comercial, artesanal y de servicios, fomentando su sostenibilidad, digitalización e innovación para fortalecer el modelo catalán de comercio.
Estas subvenciones se dividen en nueve líneas de ayuda, cada una enfocada en diferentes ámbitos, como el apoyo a entidades representativas del sector, la red asociativa, los mercados municipales, los establecimientos emblemáticos, la reforma y mejora de locales, el apoyo a los municipios, la creación de Áreas de Promoción Económica Urbana (APEUS) y la competitividad de las empresas artesanas.
Línea 1: Programa de apoyo a las entidades representativas del sector del comercio
Finalidad:
Brindar apoyo a las entidades más representativas del sector comercial que tienen una presencia territorial consolidada y agrupan a empresarios multisectoriales. El objetivo es impulsar acciones de coordinación y tutoría en la implementación de los planes de actuación anuales de las asociaciones de comercio para maximizar su impacto.
Beneficiarios:
Entidades del sector del comercio sin ánimo de lucro que:
- Tengan representatividad en toda Cataluña, en una provincia o, en el caso de Barcelona, agrupen al menos 15 ejes comerciales.
- Dispongan de un plan de actuación anual, como mínimo, en los últimos 3 años.
Actuaciones subvencionables:
- Coordinación y tutoría de la implementación de los planes de actuación de las asociaciones de comercio.
- Proyectos de dinamización comercial a nivel asociativo.
- Proyectos de transformación digital.
- Elaboración de estudios, bases de datos o informes técnicos del sector.
- Organización de actividades y formaciones para potenciar el talento (talleres, jornadas, premios, etc.).
- Acciones para la internacionalización e innovación de las empresas asociadas.
- Actuaciones para la búsqueda de talento.
Cuantía de la subvención:
- Hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables.
- Límite de 20.000 € para gastos de gestión y estructura.
- Límite máximo total (incluyendo los gastos de gestión y estructura) de 40.000 €.
Requisitos:
- La inversión mínima subvencionable debe ser de 3.000 €.
- La entidad debe contar con un proyecto detallado con objetivos e indicadores para medir el impacto.
- El beneficiario debe adherirse a todas las campañas de reactivación del sector comercial impulsadas por el CCAM.
- Incompatibilidad con otros programas de apoyo a la red asociativa y a los mercados municipales.
Línea 2: Programa de apoyo a la red asociativa de comercio, artesanía y moda
Finalidad:
Este programa tiene como objetivo mejorar la competitividad de las empresas comerciales y la profesionalización del tejido asociativo. Se busca apoyar a las entidades representativas del sector comercial, artesanal y de moda para fortalecer el modelo asociativo y potenciar sinergias y servicios compartidos entre asociaciones y otros agentes sectoriales del territorio.
Beneficiarios:
- Entidades territoriales sin ánimo de lucro.
- Gremios y entidades sectoriales sin ánimo de lucro.
- Empresas agrupadas (cooperativas o centrales de compras).
No pueden ser beneficiarias: Fundaciones, colegios profesionales y asociaciones de mercados municipales (sedentarios o no sedentarios).
Actuaciones subvencionables:
- Acciones derivadas de la implementación del Plan de Actuación de la Entidad (PAE).
- Acciones para la revitalización y fortalecimiento del tejido comercial y productivo.
- Acciones para lograr una recuperación o incremento de ventas y fortalecer la solvencia financiera de las empresas asociadas.
- Acciones para fomentar la creación de sistemas efectivos de venta en línea y su logística.
- Iniciativas para la captación y fidelización de nuevos asociados.
- Acciones destinadas a la promoción y dinamización comercial de los sectores implicados.
Cuantía de la subvención:
- Hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables.
- La inversión mínima debe ser de 3.000 € (excluyendo gastos de gestión y estructura).
Incompatibilidades:
Este programa es incompatible con el programa de apoyo a las entidades representativas del sector del comercio y con el programa de apoyo a la red asociativa de los mercados municipales.
Línea 3: Programa de apoyo a la red asociativa de los mercados municipales sedentarios y de los mercados de venta no sedentaria
Finalidad:
Este programa tiene como objetivo proporcionar recursos para que los mercados municipales, tanto sedentarios como no sedentarios, sean más fuertes, competitivos y adaptados a las nuevas necesidades de los consumidores y estilos de vida. Además, se busca apoyar la profesionalización de la red asociativa.
Beneficiarios:
- Asociaciones de mercados municipales sedentarios.
- Asociaciones de mercados de venta no sedentaria de Cataluña.
Actuaciones subvencionables:
Mercados sedentarios:
- Implantación de servicios como consignas, reparto a domicilio, espacios logísticos para nuevos canales de venta, puntos de información, ludotecas o aulas de cocina.
- Campañas de comunicación y promoción.
- Gestión y gerencia del mercado (máximo 10.000 €).
- Transformación digital: portales de comercio electrónico, marketing digital, cartelería digital, SEO/SEM, estrategias en redes sociales.
- Transformación verde: mejoras en la gestión de residuos, fomento de alimentación saludable y reducción de residuos en los mercados.
Mercados no sedentarios:
- Implantación de servicios como consignas, reparto a domicilio y puntos de información.
- Campañas de comunicación y promoción (cartelería, dinamización).
- Gestión y gerencia del mercado (máximo 10.000 €).
- Transformación digital y estrategias publicitarias en línea.
Cuantía de la subvención:
- Hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables.
- Máximo de 10.000 € para gastos de gestión y estructura.
- Máximo total (incluyendo estos gastos) de 26.000 €.
Requisitos:
- La inversión mínima subvencionable debe ser de 2.500 €.
- Se valorará la capacidad de gestión de las asociaciones, la continuidad del Plan de Actuación de la Entidad (PAE), el grado de innovación del proyecto y la capacidad de colaboración con otras entidades.
Incompatibilidades:
Este programa es incompatible con el Programa 1 (apoyo a las entidades representativas del comercio) y el Programa 2 (apoyo a la red asociativa de comercio, artesanía y moda).
Línea 4: Programa de apoyo para los establecimientos emblemáticos y singulares
Finalidad:
Este programa está destinado a apoyar el mantenimiento y preservación de los comercios con valor histórico o establecimientos emblemáticos, fomentando su continuidad y adaptación a las nuevas necesidades del mercado.
Beneficiarios:
- Profesionales autónomos y empresas titulares de establecimientos de comercio situados a pie de calle que, según la Ley 18/2007 de comercio, servicios y ferias, tengan la consideración de comercio con valor histórico o establecimiento emblemático.
- Se considera comercio con valor histórico o establecimiento emblemático aquel que haya ejercido la actividad comercial, incluida la de carácter artesanal, durante más de 100 años en un mismo local o ubicación, y que se dedique a la venta de productos artesanales, tradicionales o singulares.
Actuaciones subvencionables:
- Cualquier gasto de inversión para el mantenimiento y mejora de los establecimientos.
- Gastos derivados de la adecuación de los establecimientos para la optimización del uso del agua.
Requisitos:
- La empresa beneficiaria debe tener al menos un establecimiento a pie de calle en Cataluña.
- La inversión mínima subvencionable debe ser de 3.000 euros.
- Incompatibilidad con el Programa 5 de apoyo a la apertura, reforma y mejora de establecimientos.
Cuantía de la subvención:
- Hasta el 50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 25.000 euros.
Línea 5: Programa de apoyo para la apertura, reforma y mejora de establecimientos
Finalidad:
Este programa busca dinamizar el comercio urbano mediante la recuperación de locales vacíos, la reforma de establecimientos comerciales y de servicios, y la modernización de los mercados municipales sedentarios y de venta no sedentaria. Además, incluye medidas para la optimización del uso del agua en establecimientos comerciales en el contexto actual de emergencia por sequía.
Beneficiarios:
- Profesionales autónomos y empresas titulares de establecimientos de comercio y servicios situados a pie de calle.
- Titulares de paradas de mercados municipales sedentarios y de venta no sedentaria.
Actuaciones subvencionables:
El programa se divide en cuatro ámbitos de actuación:
- Recuperación de locales vacíos:
- Compra, alquiler o concesión administrativa de locales comerciales.
- Obras de adecuación, instalaciones, proyectos de interiorismo y mobiliario.
- Reforma de establecimientos comerciales y de servicios:
- Obras de mejora en tiendas y paradas de mercados municipales sedentarios (se debe acreditar la titularidad durante al menos 5 años).
- Modernización de paradas de mercados de venta no sedentaria:
- Mejoras en infraestructuras y compra de balanzas comerciales.
- Adecuación para la optimización del uso del agua:
- Instalación de dispositivos de ahorro de agua, reparaciones y adaptación a la normativa de sostenibilidad.
Cuantía de la subvención:
- Ámbitos 1, 2 y 3: Hasta el 50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 5.000 €.
- Ámbito 4 (optimización del agua): Hasta el 50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 3.000 €.
Requisitos:
- La inversión mínima debe ser de 2.000 € para los ámbitos 1 y 2, y 1.000 € para el ámbito 4.
- Incompatibilidad con el Programa 4 de apoyo a los establecimientos emblemáticos y singulares.
Línea 6: Programa de apoyo a los municipios en el ámbito del comercio
Finalidad:
Este programa busca apoyar a las administraciones locales para combatir la desertización comercial y promover la recuperación de locales comerciales vacíos en zonas estratégicas de los municipios. El objetivo es dinamizar el tejido comercial y potenciar la actividad económica mediante planes estratégicos y actuaciones concretas.
Beneficiarios:
- Ayuntamientos y sus organismos públicos vinculados.
- Entidades municipales descentralizadas.
- Mancomunidades y consejos comarcales.
Actuaciones subvencionables:
El programa se divide en dos ámbitos de actuación:
- Definición del proyecto de apoyo a los municipios para la recuperación de los locales comerciales vacíos:
- Elaboración de un plan estratégico y diagnóstico comercial del municipio.
- Definición de una estrategia para incentivar la reapertura de locales en la zona definida.
- Implementación del proyecto de recuperación de locales comerciales vacíos:
- Seguimiento y ejecución del proyecto de reactivación comercial.
- Gastos de difusión y comunicación para promover la iniciativa.
Cuantía de la subvención:
- Ámbito 1: Hasta el 50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 7.000 €.
- Ámbito 2: Hasta el 50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 10.000 €.
Requisitos:
- La inversión mínima debe ser de 3.000 € para cada ámbito de actuación.
- Este programa es compatible con el ámbito 1 del Programa de apoyo a los municipios en el ámbito de la artesanía, siempre que se trate de proyectos diferentes.
Línea 7: Programa de apoyo para la creación y definición de las Áreas de Promoción Económica Urbana (APEUS)
Finalidad:
Este programa tiene como objetivo apoyar a los entes locales y asociaciones territoriales para impulsar la creación y definición de las Áreas de Promoción Económica Urbana (APEUS). Estas áreas están reguladas por la Ley 15/2020, de 22 de diciembre, y tienen como finalidad fomentar la colaboración público-privada para dinamizar el comercio y la economía en zonas urbanas estratégicas.
Beneficiarios:
- Ayuntamientos y sus organismos adscritos.
- Entidades municipales descentralizadas, mancomunidades y consejos comarcales.
- Asociaciones comerciales territoriales.
- Áreas de Promoción Económica Urbana (APEUS) ya constituidas.
Actuaciones subvencionables:
Gastos externos para la creación y definición de las APEUS, incluyendo:
- Delimitación del perímetro objeto del APEU.
- Memoria justificativa de la necesidad de su creación.
- Identificación de las actividades económicas de la zona.
- Plano del perímetro delimitado.
- Elaboración del plan de actuación.
- Definición de los estatutos de la entidad gestora.
- Propuesta de convenio con el ayuntamiento.
- Jornadas de sensibilización a la comunidad empresarial para impulsar la creación del APEU.
En el caso de APEUS ya constituidas e inscritas en el Registro de APEUS de Cataluña (RAPEUC) durante 2024, también se subvencionan:
- Gastos para el desarrollo del plan de actuación.
- Contratación de un gerente para la gestión del APEU.
Cuantía de la subvención:
- Hasta el 90% del gasto subvencionable, con un máximo de 20.000 €.
- Hasta 30.000 € en el caso de APEUS ya constituidas e inscritas en el RAPEUC antes del 31 de diciembre de 2024 (con un máximo de 10.000 € destinados a la contratación del gerente).
Requisitos:
- No se aceptan solicitudes para Áreas que ya coincidan parcial o totalmente con otra APEU existente o en trámite.
- Las asociaciones comerciales beneficiarias deben haber desarrollado actividad en la zona durante al menos 5 años.
- Incompatibilidad con otras ayudas para la misma finalidad.
Línea 8: Programa para el crecimiento y competitividad de la empresa artesana
Finalidad:
Este programa está destinado a potenciar el crecimiento y la competitividad del sector de la artesanía, ofreciendo apoyo a la transformación digital, internacionalización y comercialización, así como a la modernización estructural de las empresas artesanas para mejorar su gestión y procesos productivos sostenibles.
Beneficiarios:
- Personas autónomas y empresas que desarrollen actividades incluidas en el Repertorio de familias de oficios artesanos según el Decreto 182/2014, de 30 de diciembre.
- Quedan excluidas la artesanía alimentaria y las empresas con más del 50% de capital público.
Actuaciones subvencionables:
- Transformación digital:
- Creación de tiendas en línea.
- Creación y gestión de perfiles corporativos en redes sociales.
- Contratación de servicios de community management.
- Acciones de marketing digital y asesoramiento tecnológico.
- Sostenibilidad en la producción:
- Reducción del consumo de energía y agua.
- Reutilización de materiales y tratamiento de residuos.
- Disminución de la huella de carbono.
- Comercialización y promoción:
- Ferias, exposiciones y concursos (nacionales e internacionales).
- Vídeos promocionales y branding.
- Contratación de agentes y representantes para nuevos mercados.
- Estructura y equipamiento:
- Compra y reparación de maquinaria y utillaje vinculado al oficio.
- Software para la mejora de la producción, gestión y diseño.
- Estudios de diseño para nuevas colecciones.
- Matrículas de formación vinculadas a la actividad artesanal.
Cuantía de la subvención:
- Hasta el 50% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 2.500 € por empresa o autónomo.
Requisitos:
- La inversión mínima subvencionable debe ser de 1.000 €.
- Para optar a la subvención, la solicitud debe superar una puntuación mínima de 40 puntos según los criterios de valoración establecidos.
- Los proyectos de transformación digital deben ser desarrollados por empresas especializadas registradas en la bolsa de asesores tecnológicos del CCAM.
- Los proyectos subvencionados deben estar totalmente operativos antes del 31 de diciembre de 2024.
Línea 9: Programa de apoyo a los municipios en el ámbito de la artesanía
Finalidad:
Este programa busca apoyar a los municipios para dinamizar la actividad artesanal local, fomentando la implantación de actividades singulares en locales vacíos y reforzando la notoriedad de las ferias de artesanía y los museos vinculados al sector.
Beneficiarios:
- Ayuntamientos y sus organismos públicos adscritos.
- Entidades municipales descentralizadas.
- Mancomunidades y consejos comarcales.
Actuaciones subvencionables:
El programa se divide en dos ámbitos de actuación:
- Apoyo a los municipios para la recuperación de locales vacíos mediante actividades artesanas:
- Definición y ejecución de planes estratégicos para revitalizar espacios comerciales con actividades artesanas.
- Atracción de artesanos para abrir establecimientos en zonas comerciales definidas.
- Apoyo a la notoriedad de las ferias y ferias-mercado de artesanía y a la dinamización de museos y centros de interpretación de artesanía:
- Organización de eventos para dar visibilidad a la artesanía.
- Acciones de promoción para aumentar el atractivo de las ferias y mercados de artesanía.
- Actividades didácticas en museos y centros de interpretación artesanales.
Cuantía de la subvención:
- Hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 6.000 € por proyecto.
Requisitos:
- La inversión mínima subvencionable debe ser de 3.000 €.
- En el caso de las ferias, deben estar registradas en el Registro de Actividades Feriales del Departamento de Empresa y Trabajo.
- En el caso de museos y centros de interpretación, deben estar vinculados a oficios incluidos en el Repertorio de Familias de Oficios Artesanos.
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