Ayudas del GALP Mar de l’Ebre en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca

La implementación de estas ayudas está establecida en el Programa operativo del FEMPA y en la Estrategia marítima de Cataluña, aprobada por Acuerdo de Gobierno GOV/222/2023, de 31 de octubre, por el cual se aprueba el Pla 2023-2026 de la Estrategia marítima de Cataluña.

El papel fundamental de los GALP como dinamizadores de estas zonas puede canalizarse a través de actuaciones propias y de cooperación tanto local, nacional como transnacional. El intercambio de experiencias y conocimientos y la suma de esfuerzos contribuye al desarrollo sostenible de las zonas costeras.

Para dar prioridad y permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas, se establecen las bases de las ayudas,  y configura los grupos de acción local de la pesca (GALP), como los instrumentos para su desarrollo, con las siguientes bases reguladoras:

TERRITORIOS BENEFICIARIOS:

  • L’Ametlla de Mar
  • L’Ampolla
  • Deltebre
  • Sant Jaume d’Enveja
  • Amposta
  • La Ràpita
  • Las Cases d’Alcanar

Algunos tipos de beneficiarios: restaurantes, cofradías, empresas turísticas, ayuntamientos, federaciones y asociaciones, club náutico, empresas con servicio al sector marítimo y de la pesca.

PERSONAS BENEFICIARIAS

  • Operadores del sector pesquero: persona física o jurídica que explota o posee una empresa dedicada a una actividad vinculada a cualquier de las fases de producción, transformación, comercialización, distribución y venta al por menor de productos de la pesca y la acuicultura.
  • Cofradías de pescadores, federaciones de cofradías de pescadores y otras organizaciones de pescadores.
  • Organizaciones acuícolas.
  • Organizaciones de productores del sector pesquero y acuícola.
  • Administraciones públicas y entidades públicas.
  • Organismos de derecho público, científicos o técnicos.
  • Organizaciones no gubernamentales y entidades sin ánimo de lucro que tengan entre sus objetivos fomentar las actividades náuticas, promocionar los productos pesqueros del territorio, promover y proteger el medio ambiente marino y costero, promover el patrimonio cultural marítimo y pesquero, entre otros objetivos vinculados al mar.
  • Otras personas físicas y jurídicas que desarrollen actividades vinculadas a la economía azul.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

  • Proyectos de digitalización.
  • Servicios profesionales.
  • Los gastos del personal contratado para la ejecución del proyecto.
  • Los gastos indirectos del proyecto.
  • Las dietas (manutención y estancia-hotel).
  • Las obras, suministros y servicios externos.
  • La adquisición de terrenos.
  • Los honorarios técnicos (consultoría, ingenierías y similares).
  • El IVA
  • Elementos de transporte terrestre con distintivo ambiental, etiqueta 0 emisiones, moratón, eléctricos de autonomía extendida, eléctricos híbridos enchufables o etiqueta eco.

Ejemplos: Creación de página web y ecommerce para vender productos online. Dinamización de asociaciones. Adquisición de Kayaks, tablas de paddle surf, remolques para su transporte. Compra de remos para entrenamiento. Adecuación de las instalaciones de la cocina. Compra de nuevos electrodomésticos para la cocina. Construcción de cámaras frigoríficas. Creación de nuevas empresas. Equipo de limpieza. Ampliación de empresas. Modernización de terrazas. Habilitación de nuevos espacios para ampliar la oferta turística. Restauración de embarcaciones de pesca. Nuevos vehículos terrestres. Vehículos isotérmicos. Placas fotovoltaicas.

 

INVERSIÓN MÍNIMA Y CUANTÍA SUBVENCIONABLE

No se necesita inversión mínima.

Puedes ser beneficiario de hasta 100.000 euros.

 

El plazo de solicitud finaliza el 21 de abril del 2024

Consulta las bases en el DOGC: CONSULTAR AQUÍ

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