El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat de Cataluña ha publicado la convocatoria de las Ayudas de compensación a las zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (medida M13), en el marco del Contrato Global de Explotación (CGE) y el Programa de Desarrollo Rural 2014-2022.

El objetivo de esta línea de ayudas es garantizar la continuidad de la actividad agraria en territorios con condiciones adversas, compensando los costes adicionales y las pérdidas de renta de los agricultores y ganaderos afectados. A la vez, se busca fomentar la sostenibilidad del sector y preservar los ecosistemas rurales.

Beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Personas físicas
  • Agricultores profesionales (AP): deben obtener, como mínimo, el 50% de su renta total de actividades agrarias o complementarias.
  • Titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Catálogo de Explotaciones Agrarias Prioritarias (EAP).
  • Jóvenes agricultores (menores de 40 años) que se incorporen como responsables de una explotación y que cuenten con la formación adecuada.
  • No estar en situación de incapacidad total para la profesión agrícola o ganadera.
  1. Personas jurídicas
  • Empresas, cooperativas agrarias y entidades titulares de explotaciones agrarias con inscripción vigente en el Catálogo de Explotaciones Agrarias Prioritarias (EAP).
  • Comunidades de bienes (CB), sociedades civiles particulares (SCP) y explotaciones en régimen de titularidad compartida o cotitularidad, siempre que sus miembros cumplan los requisitos establecidos.
  • Cumplir con la normativa de no discriminación de género, especialmente en empresas con más de 50 trabajadores, que deben disponer de un plan de igualdad.

Acciones subvencionables:

Las ayudas de compensación a las zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (medida M13) tienen como objetivo compensar los costes adicionales y las pérdidas de renta que sufren los agricultores y ganaderos por trabajar en condiciones más difíciles. Por lo tanto, se subvencionan las siguientes acciones:

A. Mantenimiento de tierras de cultivo

  • Continuidad del uso agrario de las tierras para evitar su abandono.
  • Aplicación de prácticas agrarias sostenibles, compatibles con la protección del medio ambiente.
  • Conservación del paisaje agrario y de los ecosistemas asociados.

B. Mantenimiento de pastos para actividad ganadera extensiva

  • Pastoreo en pastos naturales o permanentes, garantizando una gestión sostenible.
  • Cumplimiento de los requisitos de carga ganadera mínima por hectárea para asegurar un uso efectivo de las tierras de pastoreo.
  • Adaptación de las explotaciones a prácticas de gestión eficientes en zonas con limitaciones ambientales o naturales.

C. Gestión de explotaciones en zonas con limitaciones específicas

  • Apoyo a explotaciones en municipios de montaña, con limitaciones naturales significativas o limitaciones específicas, conforme a la normativa vigente.
  • Mantenimiento de sistemas de producción agrícola y ganadera en zonas con riesgo de abandono.
  • Adaptación de las explotaciones a las normativas de sostenibilidad y cambio climático.

Cuantía:

La subvención se otorga por hectárea de superficie agrícola indemnizable, variando el importe según el tipo de zona donde se encuentra la explotación.

A. Cuantía por hectárea según la zona:

  • Zona de montaña (≤1500 m altitud): 76,00 €/ha
  • Zona de montaña (>1500 m altitud): 91,00 €/ha
  • Zona con limitaciones naturales significativas: 65,00 €/ha
  • Zona con limitaciones específicas: 91,00 €/ha

B. Reducción progresiva según superficie declarada:

1.Zonas de montaña y zonas con limitaciones específicas:

  • Hasta 40 hectáreas: 100% de la ayuda.
  • Entre 40 y 80 hectáreas: 60% de la ayuda.
  • Entre 80 y 150 hectáreas: 30% de la ayuda.
  • Más de 150 hectáreas: No subvencionable.

2.Zonas con limitaciones naturales significativas:

  • Hasta 20 hectáreas: 100% de la ayuda.
  • Entre 20 y 40 hectáreas: 60% de la ayuda.
  • Entre 40 y 100 hectáreas: 30% de la ayuda.
  • Más de 100 hectáreas: No subvencionable.

C. Garantía de cobro mínimo:

  • Ayuda mínima garantizada: 25,00 €/ha de superficie comprobada.
  • Cuantía mínima total por beneficiario: 100,00 € (expedientes inferiores serán desestimados).

En caso de que el presupuesto disponible no sea suficiente para cubrir todas las solicitudes aprobadas, se realizará un prorrateo proporcional entre los beneficiarios en función de las hectáreas declaradas.

Plazos:

  • Apertura: 1 de febrero de 2025
  • Cierre: 30 de abril de 2025 (incluido)
  • La resolución y el pago de las ayudas se realizarán entre el 1 y el 31 de diciembre de 2025.

Importante:

  • Las solicitudes deberán presentarse telemáticamente a través de la DUN 2025.
  • Las solicitudes fuera de plazo no serán admitidas, excepto por causas de fuerza mayor justificadas.
  • Si se presenta con retraso, se aplicará una reducción del 1% por día hábil de retraso hasta un máximo de 25 días. Pasado dicho plazo, la solicitud será inadmitida.

Tipología:

Las ayudas son subvenciones de concesión directa en régimen de concurrencia no competitiva. Todos los beneficiarios que cumplan los requisitos recibirán la ayuda mientras haya presupuesto disponible. En caso de superar los fondos asignados, se realizará un prorrateo proporcional según la superficie declarada.

Ejemplos de beneficiarios

Caso 1: Un ganadero de montaña con explotación extensiva

  • Nombre ficticio: Joan Soler
  • Ubicación: Comarca del Pallars Sobirà (Pirineos)
  • Actividad: Ganadería extensiva de bovino y ovino en zonas de montaña
  • Superficie de la explotación: 60 hectáreas de pasto de montaña
  • Tipo de zona: Zona de montaña (>1500 m de altitud)

¿Por qué puede solicitar la ayuda?
Su explotación se encuentra en una zona con limitaciones naturales reconocida por el programa.
Mantiene una carga ganadera adecuada (≥0,3 UGM/ha).
Necesita compensar las dificultades de trabajo en un entorno de montaña, donde los costes son más elevados y la producción más limitada.

Cálculo de la ayuda

  • Por las primeras 40 hectáreas, recibirá 91 €/ha (100%).
  • Por las 20 hectáreas restantes, recibirá el 60% de 91 € = 54,60 €/ha.

Total de ayuda que recibiría Joan Soler: (40 ha x 91 €) + (20 ha x 54,60 €) = 3.640 € + 1.092 € = 4.732 €

Caso 2: Una agricultora en una zona con limitaciones naturales significativas

  • Nombre ficticio: Maria Vidal
  • Ubicación: Comarca de la Terra Alta
  • Actividad: Agricultura de secano (viña y cereales)
  • Superficie de la explotación: 30 hectáreas
  • Tipo de zona: Zona con limitaciones naturales significativas

¿Por qué puede solicitar la ayuda?
La explotación está situada en una zona reconocida con limitaciones naturales según la normativa.
Mantiene el cultivo activo, evitando el abandono de tierras en una zona poco productiva.

Cálculo de la ayuda

  • Dado que la explotación es de 30 hectáreas, recibirá 65 €/ha por las primeras 20 hectáreas.
  • Las 10 hectáreas restantes recibirán el 60% de 65 € = 39 €/ha.

Total de ayuda que recibiría Maria Vidal: (20 ha x 65 €) + (10 ha x 39 €) = 1.300 € + 390 € = 1.690 €

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Joan Martín Masdeu
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