El Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña, a través de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural (OSIC), ha abierto la convocatoria de las subvenciones para actividades culturales relacionadas con la cultura popular y tradicional y con el asociacionismo (CLT027).
El objetivo de esta subvención es fomentar y apoyar iniciativas que contribuyan a la difusión, promoción y conservación de la cultura popular y tradicional catalana y aranesa, así como al asociacionismo cultural. La convocatoria está dirigida a ayuntamientos, entidades municipales y asociaciones culturales sin ánimo de lucro que organicen actividades de este ámbito en Cataluña.
Beneficiarios
Ayuntamientos y entidades dependientes:
- Municipios de Cataluña y organismos públicos que gestionen actividades culturales en el ámbito de la cultura popular y tradicional.
Entidades privadas sin ánimo de lucro:
- Asociaciones culturales y fundaciones que desarrollen actividades en el ámbito de la cultura popular, la tradición y el asociacionismo.
- Entidades que organicen ferias, encuentros, congresos o jornadas culturales relacionadas con la cultura tradicional.
- Asociaciones y grupos de cultura popular, como gigantes, castellers, diablos, sardanas o correfocs.
No pueden ser beneficiarias:
- Federaciones de entidades culturales.
- Entidades representativas de colectivos de otras comunidades autónomas, ya que tienen una línea de subvenciones específica.
Acciones subvencionables
Esta línea de ayudas tiene como objetivo apoyar actividades culturales relacionadas con la cultura popular y tradicional y el asociacionismo cultural. Las acciones subvencionables se dividen en diversas categorías, según la naturaleza del proyecto y su impacto cultural.
1- Actividades de difusión y promoción de la cultura popular y tradicional
¿Qué se subvenciona?
- Programación anual de actividades organizadas por ayuntamientos y entidades culturales. Esto incluye:
- Talleres, charlas, exposiciones y eventos culturales destinados a la divulgación de la cultura popular.
- Acciones que fomenten el conocimiento de las tradiciones locales y el patrimonio inmaterial.
- Ferias, encuentros, congresos y jornadas de ámbito nacional o internacional, siempre que tengan como objetivo la difusión de la cultura popular y tradicional y el asociacionismo cultural.
Ejemplos de proyectos subvencionables:
- Un ayuntamiento que organice un ciclo de charlas y exposiciones sobre cultura popular.
- Una asociación que prepare un encuentro nacional de grupos de gigantes.
- Un congreso internacional sobre el papel de la música tradicional en Cataluña.
2- Conmemoraciones de aniversarios de personalidades, hechos o entidades relevantes
¿Qué se subvenciona?
- Actividades que recuerden y difundan la memoria colectiva de la cultura popular.
- Los aniversarios deben tener una antigüedad mínima de 10 años y ser múltiplos de 5 (por ejemplo, 10, 15, 20, 25 años).
Ejemplos de proyectos subvencionables:
- Una conmemoración por los 100 años de la fundación de una entidad cultural.
- Un acto para recordar 50 años de una fiesta popular del municipio.
- Homenaje a una personalidad destacada en la cultura tradicional catalana.
3- Fiestas y elementos festivos
¿Qué se subvenciona?
- Fiestas y elementos festivos inscritos en el Catálogo del Patrimonio Festivo de Cataluña, regulado por el Decreto 389/2006.
- Fiestas que tengan un reconocimiento especial según el mismo decreto, como:
- Fiesta o elemento festivo patrimonial de interés nacional.
- Fiesta o elemento festivo tradicional de interés nacional.
- Fiesta popular de interés cultural.
- Otras fiestas que, aunque no estén inscritas en el catálogo, cumplan estos requisitos:
- Tengan una continuidad mínima de 20 años.
- Presenten un interés etnográfico y cultural relevante.
- Se celebren en un espacio referencial de características definidas.
Ejemplos de proyectos subvencionables:
- Un ayuntamiento que impulse su fiesta tradicional declarada Fiesta de Interés Nacional.
- Una entidad que organice un encuentro anual de diablos y correfocs con 30 años de historia.
- La celebración de una fiesta con más de 100 años de antigüedad con un alto valor cultural y patrimonial.
4- Acciones excluidas de la subvención
No se pueden subvencionar las siguientes actividades:
- Cursos y actividades formativas (excepto si forman parte de un programa cultural más amplio).
- Viajes y desplazamientos para participar en festivales, ferias o encuentros fuera de Cataluña.
- Festivales, ciclos o eventos donde la presencia de artistas profesionales sea mayoritaria.
- Edición de libros, revistas, material audiovisual o fonográfico.
- Restauración y creación de figuras de imaginería festiva y de su indumentaria.
- Actividades deportivas, escolares o de promoción comercial de empresas.
- Comidas populares y manutención, excepto cuando estén destinadas a los participantes de una actividad cultural que no cobren por su participación.
Cuantía de la subvención
- Subvención mínima por proyecto: 1.000 euros.
- Presupuesto mínimo del proyecto para ser subvencionable: 2.000 euros.
Criterios a tener en cuenta
- Los beneficiarios solo pueden presentar un único proyecto por modalidad. Si una entidad quiere optar a varias modalidades de la subvención, debe hacer una solicitud independiente para cada modalidad.
- Las actividades deben tener lugar en Cataluña durante el año 2025 o durante el último cuatrimestre de 2024.
- No pueden recibir ayudas las federaciones de entidades ni las entidades representativas de colectivos de otras comunidades autónomas.
- Los proyectos deben cumplir con la Ley de fomento y protección de la cultura popular y tradicional y del asociacionismo cultural (Ley 2/1993, de 5 de marzo).
- Los proyectos deben utilizar el catalán o el aranés en su difusión.
- Las actividades que no garanticen el uso de estas lenguas pueden quedar excluidas de la subvención.
Plazos de presentación de solicitudes y ejecución de proyectos
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Período de presentación de solicitudes: del 12 al 27 de marzo de 2025 (hasta las 14:00 h del día 27 de marzo).
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Ejecución de los proyectos subvencionados:
- Deben realizarse durante el año natural de concesión de la subvención (2025).
- También se pueden incluir actividades realizadas durante el último cuatrimestre del año anterior (últimos cuatro meses de 2024).
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