El programa “TU+1” es una iniciativa del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Cataluña, que ofrece subvenciones a las personas trabajadoras autónomas para fomentar la contratación indefinida de un trabajador o trabajadora. Este programa tiene como objetivo impulsar el crecimiento de los negocios de los autónomos mediante la creación de nuevos puestos de trabajo estables.

BENEFICIARIOS

  • Personas trabajadoras autónomas sin personas trabajadoras asalariadas a cargo.
  • Sociedades limitadas unipersonales (SLU), cuando la persona física que los constituye desarrolle su actividad a la sociedad, sin asalariados a cargo.
  • Personas trabajadoras autónomas con una o más personas trabajadoras autónomas colaboradoras a cargo, siempre que el nuevo contrato indefinido no se formalice con estas persones trabajadoras autónomas colaboradoras.

 

PERSONAS EXCLUIDAS

  • Los trabajadores o trabajadoras autónomos económicamente dependientes (*TRADE).
  • Los trabajadores o trabajadoras autónomos colaboradores.
  • Las sociedades civiles privadas (*SCP) u otros tipos de sociedades, excepto los sociedades limitadas unipersonales (SLU).

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Contratos de trabajo indefinido, durante un periodo mínimo de 18 meses, de una persona en situación de paro inscrita como demandante de ocupación no ocupado (DOY).
  • En caso de formalizar un contrato de trabajo a tiempo parcial, este no puede ser en ningún caso inferior al 50% de la jornada de trabajo.
  • No serán objeto de subvención los contratos de trabajo fijos discontinuos.

 

CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA SUBVENCIÓN (ORDEN EMT/102/2024, de 8 de mayo)

  1. La formalización del contrato de trabajo indefinido tiene que ser de una persona en situación de paro inscrita como demandante de ocupación no ocupado (DOY).
  2. El periodo de contratación subvencionado es de 12 meses, y las personas beneficiarias tienen que mantener esta contratación durante un periodo mínimo de 18 meses, incluyendo al menos seis meses de contratación indefinida no subvencionados.
  3. La ayuda no se destinará a cubrir las indemnizaciones por despido.
  4. Las persones trabajadoras autónomas que hayan iniciado su actividad como persones físicas y posteriormente se constituyan como sociedades limitadas unipersonales, o viceversa. Tienen que acumular un periodo mínimo de un año ininterrumpido entre ambas situaciones.
  5. En caso de sustitución por causas justificadas, el nuevo contrato de trabajo tiene que mantener los mismas condiciones que el contrato original.

 

CUANTÍA DE LA AYUDA

La ayuda consiste en subvencionar los contratos de trabajo indefinido formalizados a jornada completa con un importe máximo de hasta 20.850 € por cada contrato.

 

PLAZOS

El plazo para presentar la solicitud es del 5 de julio de 2024, a los 9.00 h, hasta el 12 de septiembre de 2024, a los 14.00 h.

 

La persona beneficiaria tiene que solicitar la subvención antes de subscribir el contrato y formalizar el contrato o contratos indefinidos en un plazo máximo de tres meses des del día siguiente a la publicación de la resolución de otorgamiento. Si no se formaliza el contrato dentro del plazo establecido, la ayuda será revocada.

 

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