La Generalitat de Cataluña ha publicado las bases de una ayudas para la comercialización de la venta de proximidad en Cataluña.
Dichas ayudas pretenden fomentar la gastronomía catalana, dirigida a las empresas y entidades del sector de la restauración, a la formación e investigación en este sector y a su promoción para, en su conjunto, mejorar la identidad alimentaria de Cataluña. |
Beneficiarios:
a) Las asociaciones, fundaciones y federaciones con personalidad jurídica, privadas, sin ánimo de lucro.
b) Las cooperativas con agrotienda donde efectúen venta de productos agrarios y agroalimentarios de proximidad.
Actuaciones subvencionables:
Actividades de promoción de la Venta de Proximidad. Estas actividades promocionales incluyen, entre otras:
– La edición de nuevos materiales promocionales
– La participación en ferias y certámenes
– La concepción, diseño y edición de nuevos productos con la marca del solicitante
– La mejora promocional de la Venta de Proximidad en la imagen del punto de venta
– La creación y el mantenimiento del sitio web
– La presencia en Internet
– La gestión de las redes sociales, y la publicidad en los distintos medios de comunicación y/o en los puntos de venta.
Actividades de comercialización:
de la Venta de Proximidad de aquellas personas beneficiarias cuyos socios adheridos a la Venta de Proximidad comercialicen sus producciones con el logotipo identificador, que prevén, entre otras:
1. La elaboración de convenios para el establecimiento de canales estables de comercialización entre los productores y colectivos de consumidores y restauración colectiva que comporten la planificación de las producciones.
2. El comercio electrónico (sitio web (hosting), alquiler del dominio y mantenimiento de la tienda online para el comercio electrónico, incluida la digitalización de la gestión de clientes, la facturación online y la ciberseguridad). Queda excluida la adquisición de programas informáticos (software).
3. Las actuaciones destinadas a dotar de infraestructuras para su comercialización: el alquiler de vehículos destinados al reparto de sus productos; el alquiler de locales para el almacenamiento y distribución de sus productos; el alquiler de cámaras frigoríficas para conservar sus productos; y el alquiler de locales comerciales para la venta de sus productos.
4. La formación a los productores sobre herramientas digitales para la comercialización.
Los gastos de contratación de una única persona dinamizadora (con carácter laboral o de servicios) para la promoción, el fomento y la comercialización de la Venta de Proximidad de aquellas personas beneficiarias en que el porcentaje de sus miembros adheridos a la venta de proximidad sea superior al 50%. Estos costes pueden ser por la contratación expresa de un dinamizador, o bien los correspondientes a la proporción de horas de trabajo invertidas en las actividades de promoción, fomento y comercialización de la Venta de Proximidad por parte del personal propio de la entidad.
Quantia:
El importe total recibido de la ayuda será el 70% del total del gasto justificado. No podrá ser superior a 40.000 euros por persona beneficiaria y convocatoria.
Los gastos de contratación de una única persona dinamizadora puede ser como máximo del 50% del total, sin superar los 15.000 euros de ayuda.
La elaboración de convenios para el establecimiento de canales estables de comercialización entre los productores y colectivos de consumidores y restauración colectiva que comporten la planificación de las producciones será del 65% .
Periodo subvencionable entre el 2 de septiembre de 2023 y el 1 de septiembre de 2024.
El plazo de solicitud es desde el 16/11/2023 hasta el 15/12/2023.
Si deseas más información sobre las no dudes en contactar con nosotros.
SOLICITA INFORMACIÓN SIN COMPROMISO:
¡No dejes escapar tu oportunidad!